En Perú, el 1 de noviembre es feriado, según el calendario nacional, ya que se celebra el Día de Todos los Santos. Al compararse esta fecha con la de otros países, se suele confundir con el Día de los Muertos. Sin embargo, se trata de eventos diferentes: cada una presenta costumbres distintas. Si quieres saber más de estas conmemoraciones de los difuntos, sigue leyendo la nota.
Como se mencionó, el Día de los Muertos y el Día de los Santos son festividades distintas en cuestión de orígenes, pero, a la vez, ambas buscan conmemorar la memoria de los difuntos.
En el caso de la celebración del Día de los Muertos, data desde hace miles de años en México y se festeja el 1 y 2 noviembre. Según los historiadores, tiene su origen en las culturas indígenas influenciadas por los aztecas. Se creía que la muerte era un estado temporal, ya que las almas de los fallecidos podían volver a la Tierra a visitar a sus familiares. Por ello, realizaban ceremonias en honor a sus difuntos y los invitaban a regresar al mundo de los vivos.
Por otro lado, el Día de Todos los Santos se festeja anualmente desde el año 835 cada 1 de noviembre. El objetivo es ofrecer un homenaje a estos seres sagrados sin importar la religión. El papa Gregorio IV fue quien estableció la fecha, luego de que Gregorio III consagrara una Basílica en honor a los santos. Por ello, en el Perú, el 1 de noviembre, se celebra este día; por su parte, el 2 de dicho mes, se conmemora el Día de los Muertos o los Fieles Difuntos.
No, el 2 de noviembre, Día de los Muertos, no ha sido declarado como feriado o jornada no laborable; sin embargo, se espera que el Ejecutivo proclame el martes 31 de octubre como día no laborable —como ocurrió en el 2022— para los trabajadores del sector público. Aquello, sumado al feriado nacional del miércoles 1.º de noviembre, permitirá días libres para la práctica del turismo interno en el país o actividades recreacionales.
Un feriado es una fecha de descanso obligatorio que es remunerado y que puede ser compensado con otro día de descanso o con el pago por la jornada trabajada. Por otro lado, un día no laborable es una fecha establecida por el Gobierno, mediante decreto supremo. Además, es compensable: el colaborador debe devolver las horas en las que no laboró.