
El Poder Judicial advirtió que el trabajador que presente un certificado médico falsificado para justificar su ausencia al centro de labores incurre en falta grave que puede ser causal de despido.
La medida fue determinada en la Corte Suprema de Justicia en la Casación Laboral 12381-2015- Lambayeque. Esto “al convalidar el despido del trabajador por la causal de entrega de información falsa que le otorgaba descanso por un día de inasistencia”, según indica una publicación en sus redes oficiales.
El Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) es necesario para brindar a los trabajadores el beneficio laboral del descanso médico en caso de que ocurra alguna enfermedad o accidente y, de esa forma, evitar un posible descuento por los días no laborados en el sueldo.
Este documento debe ser expedido obligatoriamente por el médico que realiza la atención y, según la enfermedad, podrá ser emitido por el odontólogo u obstetra. Asimismo, la información debe estar registrada en la historia clínica del trabajador.
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En casos de enfermedad y accidente se podrá otorgar hasta por un periodo máximo de 30 días. Se debe incluir los días no laborables, sábados, domingos, feriados y los periodos de vacaciones.

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