Un video que muestra a fiscalizadores municipales del distrito de Miraflores interviniendo a un entrenador de fútbol que brindaba clases a niños en el parque Leoncio Prado se ha hecho viral en redes sociales y ha desatado una ola de críticas en contra de la gestión del alcalde Carlos Canales.
Ante lo ocurrido, los vecinos miraflorinos han denunciado un abuso y arbitrariedad de los agentes de fiscalización, quienes también han sido captados desalojando de otros espacios públicos a quienes practican deportes como yoga o taichí.
Ellos han presentado su queja alegando que no se les puede prohibir hacer uso de un espacio público, ya que, de acuerdo con la Ley 31199, se les concede prioridad, además de la responsabilidad de denunciar ante la autoridad competente cualquier irregularidad en estas áreas.
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Sumado a ello, un ciudadano denunció este viernes que un grupo de municipales retiró a una persona que habría estado meditando cerca a los acantilados de la Costa Verde. Cuestionó que la autoridad edil privilegie, por ejemplo, la práctica del parapente, y que impida la práctica libre de otros deportes.
La versión de uno de los trabajadores de la alcaldía refiere que en el lugar habrá trabajos de remodelación, obras que precisamente son anunciadas en carteles instalados por la propia comuna distrital, y que, por tal motivo, no se puede hacer ningún tipo de actividad en los alrededores.
La República tuvo acceso a la versión de la Municipalidad de Miraflores. Ante esto, Lino de la Barrera, gerente del municipio de esta jurisdicción, respondió a esta crítica e indicó que el desalojo de estas personas que hacían deporte en los parques del distrito responde a una medida que busca "poner orden" en la comuna.
"Lo que estamos haciendo en Miraflores es poner orden prohibiendo cualquier actividad comercial en los espacios públicos, pues desde la municipalidad siempre se apoyará la labor de preservar el respeto entre todos", dijo. También manifestó que las personas desalojadas estaban "haciendo negocio" al impartir clases o entrenamientos.
Respecto a la práctica del parapente, negó que esto sea un negocio que funcione bajo el mando de la municipalidad. "Quienes han practicado parapente en el parapuerto de Miraflores son deportistas que se dedican a eso o son grupos que se reúnen para tal fin. No se ofrece ningún servicio sin que haya un permiso municipal", subrayó.
De esta manera, Lino de la Barrera aseguró que trabajan de manera conjunta para enfrentar este constante problema que en más de una ocasión ha sido reportado por otros vecinos.
De acuerdo con una fotografía compartida en Facebook por el usuario Hugo Otero Lanzarotti, se puede ver a un efectivo municipal de Miraflores que se acerca a una persona que estaba sentada en los acantilados de la Costa Verde y que solo atina a prestar atención. "Muy temprano los guardias municipales de Miraflores proceden a retirar a las personas que cada día meditan frente al mar, hacen yoga o practican el taichí", se lee en su publicación.
"Explican los guardias que cumplen una orden y que ahí, sobre el acantilado, van a realizarse trabajos para mejorar ese hermoso lugar. Trabajos que se anuncian en carteles desde hace varios días y todavía nadie ve que comience", agrega.
Precisa también: "Un regidor acudió ayer ante los reclamos de muchos que presentaron su justificada queja alegando que no se les puede expulsar de un espacio público que, según la ley, está abierto a todos".
"El representante informó que el municipio aún no decide a qué grupo va a autorizar para que instale allí una estación para la práctica del parapente, un pingüe negocio que vende sus servicios a los turistas y paseantes para que vuelen sobre el mar y la inmensa bahía entre Chorrillos y el Callao", concluye.
Luego de cuatro años de espera, el "Proyecto de ley para la gestión y protección de espacios públicos" fue aprobado en el Pleno del Congreso. Esta iniciativa legislativa fue presentada por las parlamentarias Indira Huilca y Marisa Glave en abril del 2017.
La ahora ley marca un hito para la gestión, defensa y sostenibilidad de los espacios públicos (parques, áreas verdes, espacios deportivos, plazas, calles, entre otros) destinados a mejorar la calidad de la vida de las personas a través de su uso y disfrute. A continuación, más detalles sobre esta ley.
La "Ley para la gestión y protección de espacios públicos" reconoce la importancia estratégica de los espacios públicos para el bienestar de la ciudadanía y del medioambiente, ya que contribuye a la creación de ciudades sostenibles y a la generación de servicios ambientales urbanos que aportan a la calidad de vida de la ciudadanía.
La gestión ordenada de los espacios públicos también contribuye con la disminución de brechas sociales, en la medida en que el desarrollo de estos espacios brinda seguridad, recreación, accesibilidad y desarrollo pleno de la vida en condiciones de calidad.
Por primera vez, esta ley desarrolla, de manera clara, el concepto de espacios públicos de las ciudades: son aquellos espacios urbanos que sirven para la satisfacción de necesidades colectivas como el descanso, recreación, expresión cultural, intercambio social, entretenimiento, movilidad, entre muchas otras características que marcan la diferencia con los espacios privados.
De igual forma, reconoce como características esenciales de los espacios públicos su inalienabilidad, es decir, que la propiedad de estos espacios no puede ser transferida a particulares, sino que debe mantenerse en titularidad del Estado; su inembargabilidad, ya que estos espacios no pueden ser objeto de embargo; y su imprescriptibilidad, pues no pueden ser adquiridos por particulares de ningún modo.
Establece un orden común para que los municipios y el sector privado tengan claro que el interés público siempre debe ser priorizado frente al interés privado; y, por otro lado, define las competencias y obligaciones de las municipalidades, a fin de gestionar y velar por el condicionamiento y mantenimiento de estos espacios públicos, con el objetivo de protegerlos y potenciar su uso y acceso.
La ley establece que la intervención y desafectación de espacios públicos es excepcional. Esto quiere decir que se debe considerar los espacios públicos en la planificación de las ciudades y en el diseño de proyectos, y, en última instancia, prever la afectación al espacio público. Es importante precisar que la desafectación como bienes de dominio público obedecerá a criterios determinados como la salud pública, seguridad ciudadana, gestión de riesgos de desastres naturales, proyectos de reestructuración, de adecuación o de renovación urbana que impliquen modificaciones en la estructura urbana existente.
La ley crea herramientas clave como el Plan Provincial de Espacios Públicos y el Plan Distrital de Espacios Públicos, que facilitan la planificación y el aprovechamiento de los espacios públicos, garantizando la estabilidad de los ecosistemas de las ciudades y contribuyendo a la disminución de brechas sociales.
Para garantizar la conservación de los espacios públicos, la ley establece un régimen de protección a través de la determinación de infracciones y sanciones que atentan contra los espacios públicos. Respecto a las infracciones, estas están tipificadas en un listado que comprende acciones como la alteración del suelo de áreas púbicas, dañar bienes de uso público, verter residuos sólidos en terrenos no autorizados, ocupación permanente de espacios públicos, entre otros.
Hace menos de un mes, un video compartido en Twitter evidenció que un efectivo municipal de Miraflores se acerca a una fémina. El funcionario estaba acompañado de otra colega, quien se mantiene detrás de él. En esta situación, sin mediar palabra alguna, le pide retirarse del parque Kennedy, donde la ciudadana se encontraba sentada junto con su menor hijo.
Las imágenes fueron calificadas como un hecho de discriminación, ya que la mujer no estaba vendiendo ningún producto, solo se encontraba sentada en la banca. En el video se ve cómo el sereno miraflorino, mientras la conminaba a retirarse, le decía a la joven madre: “Lamentablemente, ya hemos estado hablando con ustedes”.
Ante esta situación, la ciudadana no se quedó callada ni se dejó amedrentar por la presencia del municipal y le respondió que ella no estaba haciendo nada malo ni ilegal. “Yo estoy descansando. ¿Acaso estoy vendiendo?”, le respondió mientras alimentaba a su pequeño.
En redes sociales se han difundido videos que representarían presuntos casos de discriminación en Miraflores. Foto: composición LR / difusión
No obstante, Martha Crispín Cuadros, hermana de la agraviada, reveló que no es la primera vez que sufren este tipo de distinción. “No vendas acá, ve a tu pueblo, así me dicen. (¿Te discriminan?). Sí, cochina paisana, así dicen (...) los fiscalizadores”, reportó.
Igualmente, aseveró que cuando se sienta en una de las bancas que tiene el parque le piden que se pare y se retire. “No me dejan descansar. A mí qué me importa que estés descansando me dicen. A mí qué me importa, rápido, rápido”, recordó.
Sin embargo, advierte que no solo serían agredidas de manera psicológica, sino que también sufrieron “empujones” por parte del personal del área de Fiscalización de Miraflores. “Sí, me empujan”, aseguró.
A través de un comunicado, el municipio de Miraflores también se negó que exista una distinción contra la mujer y afirmó que tampoco se le pidió que se retirara. En ese sentido, rechazó la acusación e indicó que solo se tuvo la intención de “tergiversar” la situación. Y recordó que el uso de la venta ambulatoria está prohibido.
“Ella comercializa productos en el parque de Miraflores, lo que hace el fiscalizador es reconvenir a la señora y le dice: ‘Le hemos hablado, hasta en varias oportunidades, que usted tiene que retirarse’. En Miraflores, lo que hemos hecho es organizar a las personas que realizan el comercio ambulatorio... A ver, te lo pongo en términos sencillos, yo sé que una persona va a delinquir, ¿tengo que esperar que esté delinquiendo para agarrarla?”, precisó en aquella ocasión Lino de la Barrera.
En un país diverso y multicultural, el racismo y la discriminación son males que aquejan a nuestra sociedad y que, particularmente, los sufren los pobres, los provincianos quechuahablantes y los afroperuanos.
La discriminación es el trato diferenciado o desigual que –sin justificación– se ejerce sobre una persona o grupo, ocasionando el menoscabo en el ejercicio o goce de sus derechos individuales o colectivos. Dicho trato no justificado se sustenta en motivos prohibidos por el ordenamiento jurídico.
Para que se produzca un acto discriminatorio se deben configurar tres elementos:
De acuerdo al Ministerio de Cultura, la discriminación étnico-racial es “todo trato diferenciado, excluyente o restrictivo que afecte uno o más derechos fundamentales de la persona y tenga por motivo sus características raciales (color de piel, facciones físicas, color y tipo de cabello, etc.) y/o características étnicas (identidad cultural, conjunto de hábitos, costumbres, indumentaria, formas de vida, idioma o lengua, lugar de origen o procedencia, etc.)”.
La Defensoría del Pueblo tiene como función defender a los ciudadanos frente a actos de discriminación. De esta forma, investiga los hechos y solicita información a las instituciones públicas, las cuales deben intervenir en cada caso con el objetivo de restituir los derechos vulnerados.
Asimismo, lleva a cabo reuniones de trabajo, talleres y eventos de sensibilización para incidir de manera positiva en las instituciones públicas y privadas, así como en la sociedad en su conjunto, destacando el valor de las diferencias y la defensa de los derechos fundamentales.
Si has sido víctima de discriminación, puedes solicitar ayuda a la Defensoría del Pueblo. Esta institución ofrece información sobre consultas legales o las entidades o vías a las que puedes acudir para hacer valer tus derechos.
Tu solicitud puede ser atendida como queja, petitorio o consulta. Dependiendo del tipo, cuentan con un tiempo de respuesta. Puedes escribir al 947 951 412, llamar al 0800 – 15170 o mandar un correo a consulta@defensoria.gob.pe