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Sociedad

Puno: no quieren investigar a fiscales que liberaron a malos policías

Contra todo. Fiscal de la Nación ordenó que se abra investigación preparatoria contra fiscal Eliot Albarrán y al ahora exfiscal Manuel Deza. Sin embargo, magistrada superior de Puno, Yudith Contreras dice que no lo hará porque caso prescribió.

Se salvan. Albarrán y Deza estuvieron en intervención a malos policías en 2019.
Se salvan. Albarrán y Deza estuvieron en intervención a malos policías en 2019.

La ley es clara. El artículo 83 del Código Penal establece que, cuando el Ministerio Público interviene para investigar un caso, el delito prescribe en un tiempo igual al máximo de la pena más la mitad. Los plazos se computan desde que se cometió el delito.

Esta consideración legal no ha sido aplicada a los fiscales Eliot Maximiliano Albarrán Burgos (Desaguadero) y, al ahora exfiscal de la localidad de Juli, Manuel Deza Castillo.

Por esa razón, hasta ahora no son procesados judicialmente por incumplir sus funciones.

Contra ambos, el fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, ordenó que se le abra investigación preparatoria por el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funciones. La pena máxima es dos años y, además de 30 a 60 días multa.

Tanto Eliot Albarrán como Manuel Deza Castillo, habrían cometido el ilícito el 17 de noviembre de 2019. Ese día acudieron a la comunidad de Tambillo, en Pomata al sur de Puno. Los comuneros les informaron que un grupo de policías en el marco de una supuesta intervención antidrogas se apropiaron ilegalmente de S/ 7.000 y 1.500 dólares del inmueble de la familia Huanca Flores.

La acción policial estuvo a cargo del mayor PNP Pedro Felipe Campos Cusihuamán, el alférez Diego Núñez Isla y los suboficiales Dushan Alexis Astete Pareja, Alexander Lima Mendoza, entre otros.

Tras la sustracción del dinero, los agentes policiales escaparon. Los comuneros se organizaron y por arresto comunitario, capturaron a los suboficiales Ferdinan Llanque Carbajal y Natalia Cuno Mamani. Estos últimos, si bien no ingresaron a la casa, estuvieron fuera del inmueble y escaparon simultáneamente con sus colegas. Hubo complicidad.

Durante las primeras horas de aquel día, Eliot Albarrán Burgos y el ahora exfiscal Manuel Deza Castillo, se constituyeron a Tambillo. Los comuneros les informaron sobre el robo que había sido perpetrado por los policías y no tomaron acciones. Por el contrario, los representantes del Ministerio Público, les indicaron que “arreglen” directamente el caso con el mayor Pedro Felipe Campos Cusihuamán.

Puno: no quieren investigar a fiscales que liberaron a malos policías

Este devolvió parte del dinero a los afectados en presencia de Ferdinan Llanque Carbajal, y Natalia Cuno Mamani. Después se procedió a liberar a los dos suboficiales. En ese momento, los fiscales, en lugar de ordenar iniciar investigación contra los malos policías, los encubrieron y no iniciaron acción alguna.

Procesos

El caso fue investigado en dos instancias distintas. Control Interno del Ministerio Público, inició una acción para determinar sanción administrativa contra los dos fiscales. Mientras que la Fiscalía Superior Civil y de Familia inició otra investigación para establecer si los fiscales incurrieron en delito en ejercicio de sus funciones.

La fiscal superior, Yudith Contreras Vargas, encontró responsabilidad en ambos fiscales y emitió informe a la Fiscalía de la Nación. El Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez evaluó el caso y determinó que sí incurrieron en delito y ordenaron que se les abra investigación preparatoria por no tomar acciones frente a la denuncia de los comuneros.

La propia fiscal Yudith Contreras, que inició investigación preliminar, decidió no dar trámite a la disposición de Pablo Sánchez. Según disposición N°05-2022 del diez de mayo de 2022, Contreras refiere que el delito habría prescrito. Se amparó el artículo 80 del Código Penal. Allí se establece que el delito prescribe en un plazo igual al máximo de la pena. Según esta consideración, el delito en que incurrieron ambos fiscales prescribió el 17 de noviembre de 2021.

Sin embargo, según el abogado penalista José Campos, no es correcto porque el artículo 83 del Código Penal, precisa que la prescripción se interrumpe por actuación del Ministerio Público y el tiempo transcurrido queda sin efecto.

La investigación preliminar empezó el 20 de julio de 2020. Dicha norma precisa, que cuando la fiscalía toma acciones, la prescripción se amplía en un periodo igual al máximo de la pena más la mitad. Es decir, tendrían que pasar tres años desde el día de los hechos, razón por la cual el delito no prescribió y se debió seguir investigando a los fiscales.

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