Cargando...
Sociedad

Aseguradoras cubrirán solo a colectivos formales

Condición. Asociación Peruana de Empresas de Seguros señala que sí darían SOAT, pero solo a las empresas constituidas y que tengan choferes en planilla y con horarios fijos.

larepublica.pe
Peligro. La alta siniestralidad de los colectivos será un condicionante para el precio del SOAT. Foto: difusión

La Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg) estaría dispuesta a cubrir el seguro obligatorio contra accidentes de tránsito (SOAT) de los autos colectivos, siempre y cuando estos sean de empresas formales y cumplan una serie de requisitos como tener a sus conductores en planilla.

Eduardo Chávez de Piérola, gerente legal de Apeseg, sostuvo que todas las compañías que dan SOAT están listas para emitir este seguro a los colectivos, pero bajo ciertas exigencias.

“Una cosa muy importante es que la empresa sea formal, debidamente constituida e inscrita en Registros Públicos, que tenga a sus choferes en planilla y capacitados, con horarios fijos no más de 4 horas como dice la norma”, señaló a La República.

Además, especificó que el precio del SOAT dependerá de la ruta, de la distancia, tipo de vehículo y número de pasajeros.

“El auto colectivo no es otra cosa que un servicio, y ese servicio puede ser, dependiendo de la provincia, una ruta corta o una ruta larga y las compañías de seguros tienen calificadas esas rutas y va a depender de la ruta, la distancia; va a depender el tipo de vehículo, números de personas que van, o sea hay varios aspectos que van a influir en el precio del SOAT”.

Y un punto importante, según dijo, es que uno de los factores que van a evaluar las empresas de seguros es la siniestralidad de las rutas para determinar el precio del SOAT.

Y con respecto a la norma del MTC, señaló que es importante que se fiscalice ya que tres de cada 10 vehículos no tienen SOAT; es decir, el 30% del parque automotor.

Solo para formales

Y en el caso de los colectivos informales, estos no van a poder acceder a un SOAT. “Si no tiene la autorización debida, es un vehículo pirata, como comúnmente se les llama”.

Hay que precisar que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) está exigiendo a los colectivos tener vigente el SOAT, además del certificado de inspección vehicular y que se sometan a inspecciones complementarias.

De acuerdo a la sentencia del TC, esta ley vulnera los “derechos a la vida, a la integridad y a la salud”, pero fue declarada constitucional porque no se alcanzaron los cinco votos requeridos para aplicar su inconstitucionalidad. Foto: Jorge Cerdan.

Al respecto, la presidenta de la Confederación Nacional de Transportistas de Autos Colectivos (Conatrac), Rina Huacre, manifiesta que sí están de acuerdo con las exigencias que pone el MTC a los colectivos.

Y reconoció que hay quienes trabajan sin SOAT, sin revisión técnica. Pero su gremio busca la formalización y sí está de acuerdo con la fiscalización.

“Nosotros en Conatrac estamos de acuerdo, ahorita trabajan como les da la gana, estoy en contra de eso, hay personas que no tienen ni brevete; nosotros como formales vamos a apoyar a la Policía, Sutran y ATU para que salgan estas personas de las pistas. Si no hubiera fiscalización, sería como una selva”.

Claves

El MTC dispuso que para la prestación del servicio de colectivo, la edad máxima para conducir es hasta los 80 años.

Con respecto a los taxis por aplicativo, hay casos que tienen SOAT de auto particular y no de taxi. Apeseg pidió que no haya engaños, pues luego la compañía reclama los gastos al propietario.