Cargando...
Sociedad

¿Cuáles son los vacíos legales para sancionar el delito de difusión de imágenes de contenido sexual?

A pesar de que es un delito compartir fotos, videos o audios íntimos, no todos los difusores que contribuyen en la cadena de viralización reciben la pena correspondiente. Un especialista explica la laguna jurídica.

La sanción para la persona que comete este delito es de dos a cinco años de pena privativa de la libertad y de 30 a 120 días-multa; y en sus modalidades agravadas de tres a seis años y de 180 a 360 días-multa. Foto: composición LR/Fabrizio Oviedo/EFE
La sanción para la persona que comete este delito es de dos a cinco años de pena privativa de la libertad y de 30 a 120 días-multa; y en sus modalidades agravadas de tres a seis años y de 180 a 360 días-multa. Foto: composición LR/Fabrizio Oviedo/EFE

La reciente denuncia de Jackeline Zúñiga en contra de su expareja, Daniel Abarca Soto, por compartir fotos íntimas suyas —a través de mensajes de WhatsApp— con el congresista y exprimer ministro Guido Bellido pone una vez más en debate los obstáculos legales que existen para sancionar debidamente el delito de difusión de imágenes y videos de contenido sexual.

En el Perú, desde el año 2018 es ilícito la divulgación de material íntimo tras publicarse el Decreto Legislativo N°1410, que incluyó al Código Penal el delito de acoso, acoso virtual, chantaje sexual y difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual.

En tal sentido, el artículo 154-B de la legislación detalla: “El que, sin autorización, difunde, revela, publica, cede o comercializa imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual de cualquier persona, que obtuvo con su anuencia, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años y con treinta a ciento veinte días-multa”.

Además, detalla que la sanción será mayor (entre tres y seis años de pena privativa de libertad y de 180 a 365 días-multa) “cuando la víctima mantiene o mantuvo una relación de pareja con el agente, son o han sido convivientes o cónyuges” y “cuando para materializar el hecho utilice redes sociales o cualquier otro medio que genere una difusión masiva”.

Con relación a esta norma, Dilmar Villena, abogado especialista en derechos digitales y director legal en Hiperderecho, considera que “hay un tema de deficiencia de técnica legislativa. El delito de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento es considerado un ilícito de acción privada, esto significa que quien realizará el trabajo de investigación (recopilar pruebas) será la víctima porque ni la fiscalía ni el Ministerio Público están habilitados”.

De igual manera, Villena opina que “al momento de la aprobación del D.C. N°1410 no se estudió de manera sistemática e integral el Código Penal” ni el capítulo en el que se estaba regulando, porque este último contiene ilícitos contra la intimidad que por defecto son de acción privada y, por tanto, causa que la propia persona afectada lidere su caso.

En esta línea, el especialista advierte que no se está tomando en cuenta “la actitud emocional en la que se encuentra la perjudicada, ni tampoco la capacidad económica que se requiere para contratar a un abogado que la represente ante el Poder Judicial”.

También el abogado en derechos digitales sostiene que la norma castiga a las personas que difunden el contenido sexual íntimo que obtuvieron con consentimiento de quienes aparecen en él; sin embargo, a los que participaron en la cadena de viralización se les sancionará conforme al delito de violación de la intimidad. Ellos reciben una pena mucho menor.

¿Cómo denunciar?

Villena brindó las siguientes recomendaciones para denunciar el delito de difusión de imágenes y videos de contenido sexual:

  • Primero recurrir a la comisaría para dejar constancia de que las imágenes intimas están circulando en internet.
  • Acto seguido, buscar a un abogado para que ayude a armar el caso (investigar los hechos, recabar las pruebas y toda la información posible).
  • Finalmente presentar una querella ante el Poder Judicial.
Lo más visto

El enorme estadio en Lima Sur que costó S/18 millones, tiene 50 palcos y que terminó convertido en un basurero

LEER MÁS

Resultados de La Tinka EN VIVO hoy domingo 26 de abril: consulta los números ganadores del Pozo Millonario

LEER MÁS

Metropolitano, Corredores, Línea 2 del Metro y otros servicios se podrán pagar con una única tarjeta, ¿desde cuándo?

LEER MÁS

Anulan su brevete y multan con S/11.000 a chofer de combi que provocó fatal accidente en Jicamarca

LEER MÁS

Recetas

Ofertas

Lo Más Reciente

Sociedad

Resultados de La Tinka EN VIVO hoy domingo 26 de abril: consulta los números ganadores del Pozo Millonario

Ataque a balazos dentro de local deja 2 muertos y 10 heridos en Trujillo: sería por disputa entre bandas criminales

Padres de familia toman colegio en Loreto por falta de maestros que deja sin clases a más de 400 escolares

Estados Unidos

Elecciones en Nueva York 2025: Zohran Mamdani gana la alcaldía y triunfo le da un fuerte golpe a la era Trump

El 11S el atentado terrorista con más víctimas de la historia: alrededor de 3.000 afectados y cuestionó la seguridad global

Estos son los 5 mejores destinos del mundo para hacer trekking: están en Estados Unidos, España y Perú

Política

Ernesto de la Jara: “El Tribunal Constitucional da sentencias que son aberrantes”

Roberto Sánchez anuncia denuncias constitucionales contra la JNJ y JNE tras las Elecciones 2026

ONPE al 95,89%: Sánchez se distancia de López Aliaga por más de 24.000 votos y quedan 3.800 actas por enviar a los JEE

Deportes

ADT vs Los Chankas EN VIVO: hora y canal de TV para ver el partido por la fecha 12 de la Liga 1 2026

Fabián Bustos dedica emotivas palabras a Universitario tras ser la primera opción para reemplazar a Rabanal: "Adoro el club"

Alianza Lima vs San Martín: fecha, hora y canal del extra game por las finales de la Liga Peruana de Vóley 2026