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Sociedad

Corte Suprema confirma sanción de S/ 24.1 millones para empresas del cártel del oxígeno medicinal

A Praxair Perú y Air Products se les sancionó “por haber incurrido en la ilegal repartición del mercado de oxígeno medicinal líquido y gaseoso en las convocatorias de EsSalud en el período comprendido entre enero de 1999 y junio de 2004”, según Indecopi.

Oxígeno
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La multa por 24.1 millones de soles que Indecopi le impuso a las compañías Praxair Perú y Air Products en 2013 por concertar la repartición y dominio de la venta de oxígeno medicinal al Seguro Social del Perú (EsSalud), fue ratificada por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema.

Las mencionadas empresas recurrieron al Poder Judicial para dejar sin efecto la millonaria sanción, pero la pretensión fue rechazada en primera y segunda instancia, por lo que Praxair Perú y Air Products interpusieron una casación ante la Corte Suprema en 2017.

Como reveló una investigación de La República, no obstante que transcurrieron 7 años desde que Indecopi multó a las mencionadas empresas del llamado Cártel del Oxígeno, en dicho periodo facturaron al Estado más de 172.6 millones de soles. Esto explica por qué entre 2013 y lo que va de 2020, facturaron virtualmente el 80% del total de oxígeno medicinal comprado por entidades públicos.

Los mismos reportajes destaparon que la Corte Suprema desde hacía 3 años que no resolvía el caso, a pesar de encontrarse el país afectado por la pandemia del nuevo coronavirus y en medio de protestas de la ciudadanía por la escasez y explosivo incremento del oxígeno medicinal.

Indecopi recordó que ambas empresas se les sancionó “por haber incurrido en la ilegal repartición del mercado de oxígeno medicinal líquido y gaseoso en las convocatorias de EsSalud en el período comprendido entre enero de 1999 y junio de 2004”.

Sin embargo, Praxair Perú y Air Products siguieron contratando con EsSalud, la entidad afectada por el control del mercado del oxígeno medicinal, una situación que podría variar sensiblemente con el fallo de la Corte Suprema.

De acuerdo con el proceso seguido por Indecopi contra las dos firmas productoras y distribuidoras de oxígeno medicinal, estas acordaron repartirse el territorio nacional y se presentaban juntas simulando competencia en las licitaciones.

Las empresas en todo momento negaron dichas prácticas que afectaban gravemente la adquisición de oxígeno medicinal no solo en EsSalud sino en los diferentes organismos públicos.

Más información: Mañana en la edición impresa de La República.

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