
Por: José Salcedo
La institución educativa particular Salesiano del Cusco negó la matrícula a un estudiante porque sus padres pagaron con demora las pensiones de enseñanza en el 2019, así como la supuesta deuda del 2018 y no haber cumplido con terapias psicológicas.
El 8 de mayo pasado, el padre del menor W.C.R. presentó una medida cautelar contra la institución educativa para que su hijo sea matriculado y continúe sus estudios en el tercer grado de educación primaria.
El Primer Juzgado Civil declaró fundada la demanda y dispuso que la institución educativa, representada por el director reverendo Alejandro Jesús Arango Ramos, matricule al niño y se incorpore al menor “en la actividad escolar de manera inmediata”. También dispone que el padre del niño cumpla con los requisitos y pagos respectivos para la matrícula y las obligaciones propias de la institución educativa.
La controversia empezó principalmente por la mora en el pago de las pensiones. El padre asegura que eso ocurrió porque tuvo problemas económicos “provocado por la enfermedad que le diagnosticaron a la apoderada de su hijo en el colegio e hijastra, trasuntada en gastos económicos, y además por la demora de los pagos de sus remuneraciones”.
No obstante, cuando superó los inconvenientes cumplió con pagar sus obligaciones. Pese a ello, la IEP Salesiano -dice la demanda- privilegió los intereses económicos de la institución educativa y ejecutó la denegación de la matrícula, pese a que el padre había “cancelado todas las mensualidades adeudadas”.
La jueza Judit Tacuri Chávez evaluó el caso y decidió avalar la demanda. “Se concluye que en apariencia se estaría vulnerando el derecho a la educación del niño al no matricularlo para que curse el tercer grado de educación primaria, por lo que el niño no viene estudiando”, precisa uno de los argumentos.
Según la jueza de Cusco, la decisión se sustenta en que se deben tomar medidas que favorezcan prioritariamente al niño que debe acceder a la educación como derecho fundamental y porque es un aspecto sustancial para su desarrollo integral. Este derecho está, en consecuencia, “por encima de cualquier aspecto externo que no le atañe directamente al niño, sino a sus padres o responsables en cuanto al cumplimiento de sus deberes y obligaciones”.
El director del colegio Salesiano, Alejandro Jesús Arango Ramos, deberá cumplir el mandato. No obstante, hay que precisar que la medida cautelar solo estará vigente mientras se resuelve la acción de amparo que enfrenta al padre de familia y el colegio. El fallo sobre el amparo decidirá al final la suerte del menor de edad. Por su parte, padres de familia de la institución educativa que pidieron el anonimato informaron que el menor ya fue matriculado.





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