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Política

El rastro judicial de los 100 kilos de oro incautados y devueltos a los amigos de "Chibolín"

Los expedientes judiciales, a los que tuvo acceso La República, permiten establecer que el oro incautado a "Los Topos del Frío" fue devuelto por jueces y fiscales en tres momentos distintos

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Andrés Hurtado Chibolín y la trama del oro | La República | La República

El rastro de las nueve barras de oro, con un peso total de 121.2 kilogramos del metal rubio, incautadas y devueltas por el Ministerio Público y el Poder Judicial a empresas exportadoras que tendrían vínculos con la minera ilegal, podría involucrar a nuevos personajes en la investigación que la fiscalía suprema realiza a los posibles contactos ilícitos del conductor de Televisión, Andrés Hurtado "Chimbolín" con jueces y fiscales.

En principio, para no perderse en el laberinto judicial, hay que explicar que en el Ministerio Público existen dos subsistemas que intervienen en la lucha contra la minería ilegal.

Por un lado, el delito de minería ilegal está a cargo de las fiscalías especializadas contra el crimen organizado, cuyo coordinador es el fiscal superior Jorge Chávez Cotrina. En paralelo, están las fiscalías especializadas en lavado de activos, que ven el blanqueo de los fondos generados por las actividades de minería ilegal, bajo la tutela procesal del fiscal superior Rafael Vela Barba.

Dado que la producción ilegal de oro y el lavado de activos que genera dicha actividad, se consideran delitos autónomos, cada subsistema investiga por su cuenta lo que siempre genera recelos, choques y poca o nula coordinación, entre los fiscales.

Desenredando la madeja y el millón de dólares

Fiscal superior Elizabeth Peralta Santur

A nivel del Poder Judicial, por mandato de la Ley de lucha contra el crimen organizado, interviene la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Es el nexo en común entre ambos subsistemas del Ministerio Público.

También hay que precisar que el caso "Chibolín" ha generado, hasta el momento, dos investigaciones en el Ministerio Público. La indagación de los probables actos de corrupción están a cargo de la Segunda Fiscalía Suprema para Delitos Cometidos por Funcionarios, a cargo del fiscal supremo Alcides Chinchay, por la intervención de magistrados de nivel superior, con proceso especial.

La investigación sobre el origen de la presunta fortuna ilícita de "Chibolín", está a cargo del fiscal provincial José Manuel Espinoza Vin, de la Segunda Fiscalía Especializada en Delitos de Lavado de Activos, al involucrar a ciudadanos sin rango especial.

6 de septiembre 2024, la declaración de Ana Siucho

Ana Siucho, su declaración dio comienzo a la investigación

La investigación fiscal de este caso tiene su punto inicial en la declaración televisiva, el 6 de septiembre último, de Ana Siucho Neira, esposa del futbolista Edison Flores. Ella relató que su primo Javier Miu Lei Siucho habría pagado un millón de dólares a Andrés Hurtado para recuperar 100 kilos de oro, a través de la fiscal superior Elizabeth Peralta Santur, del subsistema de lavado de activos.

Para llegar a la verdad lo primero que se plantearon los fiscales fue: ¿Existe una incautación de oro de 100 kilos que involucre a los Siucho? Sí, en realidad fueron más de 100 kilos. ¿Existió una devolución de 100 kilos de oro? Sí, se devolvieron con exactitud 121.2 kilos de oro. Eso permitió establecer que lo dicho por Ana Siucho tiene una base de veracidad, dando pie al inició de las investigaciones a "Chibolín" y sus amigos.

¿Qué fiscales o jueces tuvieron intervención en la incautación y devolución del oro? ¿Cuál es la relación de la fiscal Peralta Santur en la incautación y la devolución del oro? ¿Existe una relación de la fiscal Peralta Santur con Chibolín? ¿La fiscal Peralta intervino de alguna manera en las decisiones de la fiscalía de crimen organizado? son preguntas que aún están en proceso. Adelantar una respuesta puede ser prematuro.

Febrero 2020, el rastro del oro en los expedientes

Juez Richard Concepción Carhuancho convalidó la incautación de las nueve barras de oro

La República ha tenido acceso a los expedientes judiciales del proceso a la organización "Los Topos del Frío", donde se describe todos los detalles de la incautación y la devolución de las barras de oro, lo que permite identificar a los involucrados, los motivos jurídicos y el momento en que tomaron la decisión.

El 5 de febrero de 2020, a pedido expreso del fiscal Lucio Sal y Rosas Guerrero, el juez de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho dictó una orden de detención preliminar de 30 investigados y el allanamiento de 47 inmuebles, con fines de incautación, en una investigación a la presunta organización criminal "Los topos del frío"  dedicada a cometer delitos de minería ilegal: explotación, extracción y exportación de minerales metálicos, a través de diversas empresas que serían de fachada.

La solicitud y la orden judicial se sustentó en la presunta vinculación de las empresas exportadoras de oro, Las Lomas Doradas, Veta Dorada, Meta Segura, Ruta Dorada, Jingzhong Globle Mining Company, Trans Nara, Transportes Global Cargo La Azulita y Titán del Perú con Jeik Deidi Fernández Paredes, supuesto proveedor de oro de procedencia ilegal.

Detención de la organización denominada "Los Topos del Frío" en febrero de 2020

Como sustento de la decisión se indica que el 13 de julio de 2019 se había seguido y vigilado el transporte en tres vehículos de carga de 90 toneladas de mineral aurífero chancado sin procesar desde el inmueble de propiedad de Rosa Nely Trujillo Paz, ubicado en el sector Chacarilla Barraza, distrito de Laredo, en Trujillo hasta la empresa Las Lomas Doradas ubicada en Las Lomas, Piura.

Además, el Reinfo informó que en la cuadrícula minera declarada por Jaik Fernández, "La Genovesa 19", ubicado en el distrito de Ongón, en Pataz, La Libertad no existen empresas mineras ni actividad de extracción de mineral aurífero, observándose que los pobladores se dedican a la agricultura y ganadería.

Mayo de 2020: Las nueve barras de oro y la incautación judicial

La Segunda Sala de Apelaciones Nacional, presidida por César Sahuanay, ratificó la incautación de los 121.2 kilogramos de oro

La medida de detención y allanamiento se ejecutó el 11 de febrero de 2020. En la bóveda para exportación de Talma Servicios Aeroportuarios, se incautaron un total de nueve barras de oro.

En dos sacos de polietileno se encontraron cuatro barras de oro: una con un peso de 24.33 kilogramos, otra de 19.26 kg, la tercera de 12.80 kg y la cuarta de 26.54 kg. En total, cuatro barras con un peso total de 82.91 kilogramos.

Además, en dos cajas de madera aparecieron otras cinco barras de oro. En una caja había, una de 6.08 kg, otra de 7.33 kg y otra más de 7.10 kg. En la segunda caja, una de 10.42 kg y otra de 7.36 kg. Lo que hizo un total de 38.29 kilos de oro, en las cinco barras de las cajas de madera.

El 13 de mayo de 2020, a pedido de la fiscalía, sin audiencia, sin convocar a las partes, dada la urgencia expresada por el fiscal Sal y Rosas Guerrero, el juez Concepción Carhuancho confirmó la incautación cautelar de las nueve barras de oro. La resolución se notificó a la fiscalía en sobre cerrado, para que continuarán las investigaciones.

Enero de 2021: la apelación a la incautación de las barras de oro

Javier Miu Lei se presentó como propietario de cinco barras de oro (Foto referencial)

La empresa Las Lomas Doradas Sociedad Anónima Cerrada (SAC), representada por su gerente general Javier Augusto Miu Lei Siucho se presentó como propietario de las cinco barras de oro doré (una aleación de oro y plata semi-puros) incautadas en las cajas de madera, con un peso total de 38.29 kilogramos.

En tanto, como propietario de las cuatro barras de oro encontradas en las bolsas de polietileno se presentó la empresa Minera Veta Dorada representada por su gerente general Héctor Francisco Gutiérrez Uriol.

Los abogados de Las Lomas Doradas SAC apelaron la decisión del juez Concepción Carhuancho ante la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, en ese momento integrada por los jueces superiores Octavio César Sahuanay Calsín, Iván Alberto Quispe Aucca y Edgar Francisco Medina Salas.

En la apelación se argumentó que los proveedores estaban en proceso de formalización, que un informe pericial confirmaba la existencia de labores mineras en proceso de formalización en las Paimas y Suyo, en Piura, y en la zona de Pataz, Otuzco, en la Libertad; que Jeik Fernández Paredes si tiene una mina y que la fiscalía se había desistido de su prisión preventiva.

El 15 de enero de 2021, con la ponencia de Sahuanay Calsín, actual presidente de la Corte Superior Penal Nacional, la Sala de Apelaciones confirmó la incautación de las cinco barras de oro doré con un peso total de 38.29 kilos, al considerar que los descargos presentados por la empresa de Miu Lei no  descartan los indicios de criminalidad organizada.

Junio de 2021: un pedido de reexamen y un giro total en las investigaciones

Lucio Sal y Rosas Guerrero, fiscal de las fiscalías de crimen organizado

El siete de septiembre de 2020, la empresa minera Veta Dorada, a través de su representante legal Héctor Gutiérrez Uriol  solicitó el reexamen de la incautación de las cuatro barras de oro encontradas en los dos sacos de polietileno, en los almacenes Talma.

Para ello, alegaron derechos de propiedad al haber adquirido el mineral dorado a mineros formales o en proceso de formalización con registro vigente en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), que fue fundido en su planta de beneficio ubicado en Chala, provincia de Caravelí, Arequipa.

El 25 de noviembre de 2020, el juez Richard Concepción Carhuancho rechazó el reexamen de la incautación aunque requirió al Ministerio Público a "realizar de manera pronta e inmediata los actos de investigación encaminados a establecer la autenticidad y contenido de los documentos sustentatorios presentados por la empresa minera Veta Dorada SAC".

Entonces, Héctor Gutiérrez impugnó la decisión ante la Segunda Sala de Apelaciones que realizó audiencia para escuchar a los abogados y la posición de la fiscalía, el 9 de junio de 2021. En la audiencia la referida empresa minera indicó que si bien aparece mencionada en los antecedentes del caso, no ha fue incluida en la investigación, ni siquiera como tercero civil responsable, y precisaron que sólo pedían levantar la incautación de dos barras de oro, las de mayor peso.

Además, documentó que las cuatro barras de oro se encontraban en los almacenes de Talma desde el 9 de diciembre de 2019 en proceso de exportación a Zúrich, en virtud de un contrato suscrito con la compañía PX Precinox SA y que ante la SUNAT se había acreditado que el mineral base había sido adquirido en 415 transacciones.

30 de junio de 2021: las matemáticas justifican la primer devolución de oro

La Segunda Sala de Apelaciones Nacional dispuso la devolución de dos barras de oro

Este último dato fue trascendente para la decisión de la Sala de Apelaciones, para esta fecha integrada por los jueces superiores Iván Alberto Quispe Aucca, Walter Salvador Gálvez Condori y Edgar Francisco Medina Sala.

Con una ponencia de Medina Salas, el 30 de junio de 2021, la Sala decidió devolver las dos barras de mayor peso. La resolución indica que de las 415 personas involucradas en la compra del mineral sin procesar, solo dos aparecen en la investigación a "Los Topos del Frío": Bárbara Quijano Argomedo con 5,652 toneladas y Summer Deybin Inga Campos con 65.418 toneladas.

Por lo cual, sí para obtener 82.91 kilos de oro se utilizaron 2748.949 toneladas de mineral aurífero, la proporción aportada por Quijano es del 0.15% y el de Inga llega 2.38% lo que totaliza un 2,53% que tendría calidad de efectos del delito, mientras que el 97.47% de las barras de oro serían ajenos a los hechos investigados.

En consecuencia, la Sala de Apelaciones levanta la incautación de las barras de oro de 24.33 kg y la 26.52 kg, manteniendo la incautación de las dos más pequeñas, las de 19.26 kg y la de 12.80 kg, que serían suficientes, consideraron los jueces, para garantizar cualquier perjuicio al Estado, si se confirma la procedencia ilícita del mineral.

Al juez Richard Concepción solo le queda cumplir el mandato de la Sala Superior. El 2 de agosto del 2021 ordenó que el representante de la fiscalía cumpla con la entrega inmediata de las dos barras de oro, conforme a lo resuelto por la Sala de Apelaciones.

18 de febrero de 2022: dos viajes, otra resolución y la segunda devolución de oro

Fiscal Lucio Sal y Rosas dispone la devolución de cinco barras de oro a la empresa Lomas Dorada de Javier Miu Lei

A partir de ese momento todo da un vuelco en la investigación a "Los Topos del Frío". El 4 de noviembre de 2021, la defensa de la minera Las Lomas Doradas se desiste de un recurso de apelación contra una resolución del juez Concepción Carhuancho que también les había negado el reexamen de la incautación y la devolución de las cuatro barras de oro.

La empresa de Miu Lei Siucho argumentó que el fiscal había realizado nuevas diligencias que descartaron la procedencia ilícita del mineral. La Sala de Apelaciones aceptó el desistimiento, con ponencia de Medina Salas.

En efecto, en los expedientes aparece que, el 15 de febrero del 2022, casi dos años después de la incautación, el fiscal Lucio Sal y Rosas procede a levantar la incautación y devolver a la empresa de Javier Augusto Miu Lei las cinco barras de oro incautadas el 11 de febrero de 2020, con un peso total de 38.29 kg.

Sal y Rosas argumentó que había realizado dos visitas en situ al lugar de los hechos, con participación de la policía y un procurador, el 10 de agosto y el 13 de octubre de 2021. La primera visita fue al centro poblado de Chipillico donde constanta que las Lomas Doradas tiene una planta formalmente establecida. La segunda visita fue al sector Uchus de la Comunidad Campesina La Victoria, en Pataz, La Libertad donde se confirma la existencia de la mina la "Genovesa"19 de Fernández Paredes.

Además, indicó que diversos documentos prueba que el terreno de Rosa Trujillo Paz en Laredo, Trujillo se encontraba alquilado desde el año 2017 a Corporación Vera In Mining Perú, para almacén y uso comercial.

La resolución de Sal y Rosas también da cuenta de otra resolución emitida por la Segunda Sala de Apelaciones a favor de los investigados, el 11 de enero de 2021. En esa resolución se ordenó devolver la documentación incautada a Corporación Vera In Mining Perú, con lo cual se descartó el presunto trato ilícito entre Las Lomas Doradas y Trujillo Paz.

El viernes 18 de febrero de 2022, a las 15:00 horas, Las Lomas Doradas de Javier Miu Lei recupera las cuatro barras de oro con un peso total de 38.29 kg.

Enero de 2023: la tercera devolución de oro

Fiscal Lucio Sal y Rosas devuelve dos barras de Oro a empresa minera Veta Dorada SAC

Posteriormente, el 24 de enero de 2023, el fiscal Lucio Sal y Rosas devuelve las dos barras de oro restantes a la empresa Minera Veta Dorada. Indica que las barras se incautaron bajo la sospecha de que esta empresa tenía como proveedor a Simner Deybin Inga Campos, quien desde Trujillo trasladaba el mineral a la empresa ubicada en el centro poblado Chala Viejo, en Caraveli, Arequipa.

Otra vez la decisión se sustenta en visitas en in situ realizadas por el despacho fiscal, un policía y un procurador. El 28 de octubre, en la carretera a Cajabamba, Usquil, en la provincia de Otuzco constata que no hay actividad minera en la zona y el de 5 de noviembre de 2021 verifica que minera Veta Dorada tiene una planta debidamente formalizada.

Anota el fiscal que las dos barras de oro que continúan incautas a Veta Dorada tienen un peso total de 32028.112 gramos de oro, que equivalen a 1029.727 onzas de oro fino con un valor de 1 643,293 dólares, en la bolsa de valores de Londres, y 6 510,728.63 soles en la cotización del Banco Central de Reserva.

Pese a todo, Minera Veta Dorada si fue incorporada al proceso penal y presentó una carta fianza bancaria por 380,780.87 dólares, para garantizar una probable reparación civil. De los 121.2 kilogramos de oro incautados el 11 de febrero de 2020 ya no quedaba nada.

Momento actual: los testigos deberán hablar, momento

El juez Richard Concepción Carhuancho fue citado como testigo. Él siempre se negó a devolver el oro

En los documentos judiciales de la incautación y devolución de las barras de oro no aparece el subsistema de fiscalías de lavado de activos. En la investigación por lavado de activos, en las que intervinieron los fiscales provinciales Luz Taquire Reynoso, Sonia Baylón Zavaleta, Lizardo Pantoja Domínguez y la fiscal superior Elizabeth Peralta Santur no se había producido ninguna incautación de oro.

Todo el tema de las incautación y devolución de las barras de oro se tramitó en las fiscalías de crimen organizado y la Corte Penal Nacional. El juez Richard Concepción Carhuancho ya fue llamado de declarar, lo mismo que el fiscal Lucio Sal y Rosas Guerrero, para que hablen de todo el proceso desde la incautación hasta la devolución de las nueve barras de oro.