El Poder Judicial del Perú, a través de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, ha rechazado el recurso de apelación presentado por el exjuez supremo César Hinostroza, quien buscaba excluir del caso "Los Cuellos Blancos del Puerto" las grabaciones obtenidas del levantamiento del secreto de sus comunicaciones.
Hinostroza, quien está fugado, alegaba que dichas pruebas eran ilícitas. Sin embargo, la corte, presidida por el juez César San Martín, confirmó la validez de las grabaciones. Argumentó que las resoluciones que autorizaron la intervención de las comunicaciones ya contaban con el respaldo adecuado y que los fundamentos de Hinostroza no desvirtuaban la legalidad de dichas acciones.
PUEDES VER: Chávez Cotrina: "El Congreso nos está amarrando de pies y manos para combatir el crimen organizado"
Los requerimientos del exjuez supremo investigado por el caso "Los Cuellos Blancos del Puerto", fueron:
El caso "Los Cuellos Blancos del Puerto" es una investigación judicial que involucra a una red de corrupción presuntamente formada por jueces, fiscales y empresarios, quienes habrían manipulado sentencias y nombramientos judiciales. Este escándalo salió a la luz a partir de audios que mostraban conversaciones donde se coordinaban estos actos ilícitos, principalmente en la Corte Superior de Justicia del Callao y el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Entre los principales involucrados se encuentran César Hinostroza y varios exconsejeros del CNM, como Guido Aguila Grados, Iván Noguera Ramos, Orlando Velásquez Benites y Julio Gutiérrez Pebe. Asimismo, incluyen a los empresarios Antonio Camayo, Mario Mendoza Díaz y Edwin Oviedo, quienes también están bajo investigación por su supuesta participación en la red.
PUEDES VER: RMP sobre solicitud de prisión preventiva para Keiko Fujimori: "Esta la pierde José Domingo Pérez"
El juez supremo Juan Carlos Checkley rechazó la solicitud para prolongar la investigación preparatoria contra Hinostroza y otros involucrados. Checkley fundamentó su decisión en las normas procesales que establecen que las prórrogas de investigaciones no son renovables sucesivamente, garantizando así la observancia de un plazo razonable para el proceso judicial.
El juez supremo César San Martín afirmó que las alegaciones de Hinostroza no lograron desvirtuar los fundamentos de la resolución apelada, destacando que esta fue congruente y adecuadamente sustentada en derecho. Por lo tanto, confirmó la decisión de no excluir las grabaciones como prueba en el caso Los Cuellos Blancos del Puerto, enfatizando que las medidas tomadas fueron correctamente aplicadas y no procedían los argumentos del exjuez supremo para declararlas como pruebas ilícitas.