El Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria del Poder Judicial anunció una nueva fecha para que se realice la audiencia de prisión preventiva contra la esposa de Pedro Castillo, Lilia Paredes, quien se encuentra asilada en México y es investigada por presuntamente integrar una organización criminal junto a sus hermanos. Inicialmente, la audiencia para evaluar la prisión preventiva de los hermanos Paredes Navarro estaba anunciada para el 15 de junio, pero el PJ adelantó la fecha y finalmente se realizará el 22 de marzo, a partir de las 10.00 a. m.
La decisión del Juzgado, a cargo del magistrado Raúl Justiniano Romero, se dio luego de que se notificara por medio de la Oficina de Cooperación Judicial Internacional que Lilia Paredes Navarro ya había sido informada de estas programaciones y conocía las citas por medio de los medios de comunicación.
“Con esto se convalida el acto de notificación del requerimiento de prisión preventiva, habiendo presentado escrito apersonándose a esta judicatura”, se lee en el documento que anuncia el adelanto.
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Como se sabe, la situación de Paredes Navarro está pendiente de resolver, pues se encuentra asilada en México junto a sus dos hijos luego del intento de golpe de Estado realizado por Pedro Castillo en diciembre del 2022.
Esta audiencia se realizará de manera virtual, a fin de que Lilia Paredes pueda participar desde el país que acogió su pedido de asilo político. La ex primera dama enfrenta un pedido de 36 meses de prisión preventiva en la que también están incluidos Walter y David Paredes Navarro.
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La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema admitió el recurso de apelación que presentó el expresidente de la República Pedro Castillo contra la resolución que rechazó su cuestión previa con la que buscaba anular su vacancia, así como la investigación en su contra por los presuntos delitos de rebelión y alternativamente conspiración tras el golpe de Estado fallido que perpetró el 7 de diciembre de 2022.
El último 27 de enero, la cuestión previa que presentó el exmandatario fue rechazada en primera instancia por el juez de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley. Tras esta decisión, la defensa de Castillo Terrones apeló a lo resuelto, por lo que argumentó que "no se respetó la garantía del antejuicio político para un presidente, fijada en el artículo 100 de la Constitución".