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Política

Elvia Barrios: Junta Nacional de Justicia suspende proceso de ratificación

También se suspendieron los procesos contra el exfiscal de la Nación, Pablo Sánchez, y el juez supremo, Javier Arévalo Vela. La Junta interpreta su propio reglamento.

Elvia Barrios pidió al Ejecutivo trabajar en armonía con el Poder Judicial. Foto: La República
Elvia Barrios pidió al Ejecutivo trabajar en armonía con el Poder Judicial. Foto: La República

La Junta Nacional de Justicia decidió suspender el proceso de ratificación de la presidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios Alvarado, hasta que concluya el proceso disciplinario que se desarrolla en su contra por la contratación de su esposo en el Jurado Nacional de Elecciones el año 2015.

Esta misma decisión se tomó con los procesos de ratificación del exfiscal de la Nación, Pablo Sánchez Velarde y el juez supremo Javer Arévalo Vela. Los tres magistrados ya no pasaran por la entrevista personal prevista para el 2 y 3 de noviembre.

La suspensión del proceso de ratificación se produce luego que esta tarde, la Junta decidierá interpretar el artículo 39° del Reglamento del Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación de Juezas y Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, aprobado el 20 de diciembre del 2020.

Esta norma establecía que cuando un juez o fiscal registre uno o varios procedimientos disciplinarios paralelos ante la JNJ, se podrá suspender el procedimiento de ratificación hasta que la resolución disciplinaria adquiera firmeza.

A partir de ahora, el referido artículo 39° dira que no se suspenderán todos los procesos de ratificación donde el magistrado tenga un proceso disciplinario en trámite, sino cuando se cumplan determinadas circunstancias.

Las condiciones para suspender el proceso de ratificación son 1) cuando en el proceso disciplinario se haya producido el informe de investigación con propuesta de destitución, 2) los procedimientos donde la Junta haya dispuesto la suspensión preventiva del magistrado, 3) procedimiento disciplinarios abiertos por la misma Junta, 4) procedimientos abreviados donde se haya dispuesto la suspensión preventiva del juez o fiscal, 5) situaciones excepcionales, debidamente fundadas.

En los considerando de la resolución emitida por la Junta se indica que se toma esta decisión a “fin de evitar decisiones que puedan resultar contradictorias respecto de un mismo caso, en ambos procedimientos”.

Se mancha el proceso

La situación de la presidenta del Poder Judicial, el juez supremo Arévalo y el exfiscal de la Nación Pablo Sánchez están en el supuesto de la condición 1, pues el consejero investigador Guillermo Thornberry Villarán ha propuesto la destitución de los tres por una supuesta falta ética. }

Sin embargo, toda esta situación pone más oscuridad a las decisiones de la Junta. El artículo 39 existe desde el 2020. Fue aprobado por los mismos consejeros que hoy deciden interpretarlo. La Junta ni siquiera requería una interpretación o aclaración para suspender los procesos de ratificación, pese a lo cual se les citó a entrevista personal.

En el proceso disciplinario, la Junta ha citado a Elvia Barrios y Javier Arévalo a una audiencia de descargo el próximo martes 8 de noviembre. El exfiscal de la Nación debe presentarse a audiencia al día siguiente, 9 de noviembre.

Se entiende que los procesos de ratificación se reactivaran si los pedidos de destitución son rechazados. Si, la Junta aprueba la destitución, el magistrado queda fuera de la carrera judicial o fiscal, por tanto, ya no hay proceso de ratificación.

La ratificación busca determinar si un magistrado es idóneo para continuar en la carrera judicial o fiscal. Todos los jueces y fiscales titulares pasan por este procedimiento cada siete años.

Los procesos de ratificación para el resto de jueces y fiscales supremos continuará como está previsto, aunque el punto 5 de la interpretación del artículo 39 deja la posibilidad de que los consejeros suspendan otros procedimientos de ratificación a su criterio.

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