Según ellos, el Estado peruano no fue diligente ni efectivo al tratar el caso en el campo judicialMomento clave, La Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH , envió el caso relacionado a las presuntas ejecuciones extrajudiciales perpetradas luego del operativo Chavín de Huántar, al tribunal principal de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Corte IDH. Según indica la información llegada desde Washington, "el caso trata específicamente sobre la supuesta ejecución extrajudicial de tres miembros del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) en 1997 durante la operación Chavín de Huántar destinada a liberar la residencia del embajador de Japón". Como se recuerda el pasado 22 de abril de 1997, un grupo de valerosos comandos del Ejército Peruano realizaron la operación Chavín de Huántar, para rescatar a inocentes rehenes que habían capturado los terroristas del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru. Según el informe de la CIDH, "las tres personas ejecutadas se encontraban en custodia de agentes estatales y, al momento de la ejecución, no representaban una amenaza para sus captores". Es esto el sujeto de aclaración por parte del ente supranacional ante la Corte IDH (que preside el peruano Diego García Sayán). Cabe informar que los 14 terroristas murieron el día de la operación de rescate. Pero según la comisión, tres de éstos, fueron ejecutados extrajudicialmente: " Se trata de los terroristas Eduardo Nicolás Cruz Sánchez, Herma Luz Meléndez Cueva y Víctor Salomón Peceros Pedraza" quienes habrían sido ejecutados extrajudicialmente una vez recuperado el control del local diplomático. Tiempo después, y tras la denuncia de los familiares de algunos de los ejecutados, se inició una investigación en 2002. La Corte Suprema de Justicia de Perú remitió la investigación al fuero militar, donde se archivó en 2004. Sobre esto, precisamente, el gobierno peruano ha aclarado que continúa un proceso contra los llamados "gallinazos", agentes que habrían entrado después del operativo, siguien órdenes de Vladmiro Montesinos y Nicolás Hermosa Ríos. La CIDH considera que el Perú, es "responsable por la violación del derecho a la vida de los tres guerrilleros y la violación de los derechos a las garantías judiciales y protección judicial y al derecho a la integridad personal, en perjuicio de los familiares de las víctimas ejecutadas ", por lo que criticó que la falta de diligencia y efectividad de nuestro sistema judicial. (Con información de EFE).