
El Supremo Tribunal Federal de Brasil anuló las pruebas que la justicia brasileña envió a Perú sobre los presuntos sobornos de Odebrecht a favor del expresidente Alejandro Toledo. La decisión, a cargo del ministro José Antonio Dias Toffoli, alcanza los archivos extraídos de los servidores Drousys y My Web Day B, usados como evidencia en las investigaciones contra el exmandatario.
Toffoli basó su fallo en vicios jurídicos que, según explicó, existieron desde el origen de esas pruebas. El magistrado tomó como referencia los criterios que el Supremo de Brasil ya había aplicado en el caso de Ollanta Humala, donde también excluyó evidencia obtenida bajo el mismo mecanismo.
El fallo declaró además la inadecuación procesal de los documentos que salieron del acuerdo de colaboración entre Odebrecht y la Fiscalía brasileña. Toffoli sostuvo que las pruebas digitales tuvieron irregularidades en la cadena de custodia durante su obtención en los tribunales de Curitiba, entonces a cargo del juez Sergio Moro.
La resolución benefició a la defensa de Toledo, investigado por la presunta recepción de 35 millones de dólares en sobornos. Sin embargo, la decisión brasileña no tiene efectos automáticos en los tribunales peruanos. Para que rija en Perú, primero debe pasar por un proceso de notificación formal.
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El Ministerio de Justicia de Brasil tiene la tarea de notificar la decisión a las autoridades peruanas. Ese paso se hace a través del DRACI, el Departamento de Recuperación de Activos y Cooperación Internacional. Sin esa comunicación oficial, el fallo brasileño no tiene ningún valor procesal en Perú.
Una vez que llegue la notificación, les corresponderá a los jueces peruanos decidir qué efectos tendrá esta decisión sobre el proceso que se sigue contra Toledo en el país. La resolución de Toffoli no obliga a la justicia peruana a excluir las pruebas anuladas de forma directa; abre la puerta a que la defensa del expresidente pida esa exclusión ante los tribunales locales.
En su fallo, Toffoli citó dos demandas previas, la 61.387 y la 43.007, y extendió sus efectos al caso de Toledo. Con esa cita, el magistrado dejó claro que su decisión no fue aislada, sino parte de una línea que el Supremo brasileño ya venía aplicando en otros casos peruanos vinculados a Odebrecht.





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