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Política

Ollanta Humala saldrá de prisión: TC aprueba habeas corpus a favor de expresidente

El Tribunal declaró la nulidad de todo el proceso penal seguido contra Ollanta Humala por el presunto delito de lavado de activos agravado

Ollanta Humala
El expresidente Ollanta Humala saldrá de prisión tras fallo del TC.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada a favor de Ollanta Humala y dispuso la nulidad de todo el proceso penal seguido en su contra por el presunto delito de lavado de activos agravado.

La nulidad del proceso penal alcanza a las investigaciones preliminares iniciadas en 2019 y a todas las actuaciones que se derivaron de ellas. Esto incluye las decisiones judiciales que en su momento rechazaron los primeros intentos de la defensa de Humala para cerrar el caso, y también la sentencia que lo condenó a quince años de prisión el 29 de abril de 2025.

La votación entre los siete magistrados no fue unánime. Cinco de ellos respaldaron la decisión: Domínguez Haro, Morales Saravia, Gutiérrez Ticse, Ochoa Cardich y Hernández Chávez. Los otros dos, Luz Pacheco Zerga y Manuel Monteagudo Valdez, votaron en contra y pidieron que la demanda fuera rechazada.

El fallo también dio órdenes concretas. La Fiscalía debe cerrar oficialmente el caso y archivar todo lo investigado hasta ahora. El juzgado a cargo, por su parte, tiene que definir la situación legal de Humala el mismo día en que reciba la notificación de la sentencia.

Los fundamentos que sustentan la decisión del TC

La mayoría del Tribunal basó su decisión en un principio básico del derecho penal: a nadie se le puede castigar por algo que, cuando lo hizo, todavía no era considerado delito. Según los magistrados, lo que se le atribuye a Humala —recibir y quedarse con dinero de origen sospechoso para financiar sus campañas de 2006 y 2011— corresponde a un tipo de delito que Perú incorporó a sus leyes recién en noviembre de 2016.

De ahí se desprende el segundo argumento: aplicarle ese delito a hechos ocurridos años antes de que existiera en la ley equivale a castigarlo con una norma que no existía en ese momento, algo que la Constitución prohíbe. La razón es que la ley vigente en 2006 y 2011 no sancionaba simplemente recibir dinero sospechoso para una campaña. Esa ley exigía algo más complejo: que el dinero pasara por varias etapas, como colocarlo, mezclarlo con fondos legales y finalmente devolverlo a quien lo generó, disfrazado de dinero limpio.

El tercer argumento cuestiona qué tan sólida era la acusación en sí. El Tribunal señaló que nunca quedó claro, de forma concreta, cuál fue el delito original que generó ese dinero sospechoso. Tampoco encontró pruebas suficientes de que Humala supiera, en 2006 y 2011, que ese dinero venía de un origen ilegal, algo que —según recalca el fallo— no se puede simplemente asumir sin demostrarlo.

Con base en estos tres puntos, el Tribunal concluyó que sí hubo una violación a los derechos de Humala, y que esa violación afectó directamente su libertad personal. Esa fue la razón que usó para ordenar que se anule todo el proceso, aunque —como plantean los votos en contra— decidir qué delito corresponde a cada caso normalmente es tarea de los jueces penales, no del Tribunal Constitucional.

Los votos singulares en contra de la decisión

Dos magistrados no estuvieron de acuerdo con el resto del Tribunal y explicaron por separado sus razones. Tanto Pacheco Zerga como Monteagudo Valdez coincidieron en que la demanda debió ser rechazada, aunque llegaron a esa conclusión por caminos distintos.

Pacheco Zerga basó su desacuerdo en un argumento de forma: según decisiones anteriores del mismo Tribunal, las resoluciones que Humala cuestionaba no afectan de manera directa la libertad de una persona. Citó al menos tres casos previos en los que el Tribunal sostuvo ese mismo criterio, y remarcó que la prisión de Humala no se originó por esas resoluciones, sino por la sentencia que lo condenó en 2025.

La magistrada fue más allá y revisó también el fondo del caso. Encontró que la decisión judicial que el Tribunal terminó anulando nunca calificó la conducta de Humala como el delito que después se usó para liberarlo. La Corte Suprema, dijo, siempre entendió los hechos como parte del delito que ya existía desde 2002, sin necesidad de la ley que se aprobó en 2016. Para demostrarlo, comparó ambas versiones de la ley y concluyó que el cambio de 2016 no modificó de forma importante lo que se castiga.

Monteagudo Valdez centró su voto en otro punto: la condena de quince años dictada en 2025 todavía estaba siendo revisada por otro tribunal cuando el TC tomó su decisión. La defensa de Humala ya había presentado ahí el mismo argumento que después usó para pedir el hábeas corpus. Para el magistrado, acudir al Tribunal Constitucional antes de que ese otro tribunal resolviera fue apresurado, y significó que el TC se metiera en un asunto que todavía le correspondía resolver a la justicia penal.

¿Por qué Ollanta Humala se encontraba en prisión?

Humala estaba preso por una condena que le impusieron el 29 de abril de 2025. Un juzgado penal lo sentenció a quince años de cárcel por lavado de activos agravado, junto con otras personas que fueron procesadas como parte del mismo caso.

La Fiscalía sostenía que Humala usó dinero de origen ilegal para financiar dos de sus campañas presidenciales. En la de 2006, se le acusaba de recibir fondos que venían del gobierno de Venezuela, en ese entonces liderado por Hugo Chávez, a través de una empresa venezolana y de envíos por valija diplomática. En la de 2011, la acusación apuntaba a dinero que provenía de actos de corrupción de la constructora brasileña OAS y de un fondo manejado por funcionarios ligados al Partido de los Trabajadores de Brasil. Ese dinero, según la Fiscalía, llegó a través de Odebrecht y se ocultó con aportantes falsos que simulaban donaciones legales.

Antes de esta condena, Humala ya había estado preso una primera vez durante el mismo proceso, bajo la figura de prisión preventiva. Cuando lo condenaron en 2025, su defensa pidió que no entrara a la cárcel mientras apelaba, pero un tribunal rechazó ese pedido en marzo de 2026. Desde entonces estuvo recluido, mientras su apelación contra la condena seguía sin resolverse. Fue justo en medio de ese proceso pendiente que el Tribunal Constitucional emitió el fallo que ahora ordena su liberación.

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