
La presidenta de la Corte IDH requirió al Estado que detenga el trámite de la ley de amnistía. ¿Promulgarla es un desacato o tenía que haberse pronunciado el pleno del tribunal supranacional?
Si, la promulgación es un abierto desacato a la disposición de la presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que requirió al Estado peruano detener de inmediato el trámite para esta norma. Y no solo eso. también indicó que, de no frenar su promulgación, las autoridades deben abstenerse de aplicarla hasta que el tribunal analice a fondo el impacto de la norma sobre los derechos de las víctimas a la justicia. Además, se convocó a una audiencia pública para el 21 de agosto, en la que la Corte escuchará a las víctimas, al Estado y a la Comisión Interamericana sobre este tema, para poder dar una resolución de fondo.
Ahora está en manos de los magistrados aplicar esa ley de impunidad ¿Tienen la obligación de aplicar previamente el control de convencionalidad?
Cada juez está en la obligación de hacer un control difuso de constitucionalidad y de convencionalidad. Esta norma vulnera los derechos de las víctimas y viola las obligaciones del Estado de investigar, juzgar y sancionar.
Desde el punto de vista constitucional, ¿qué principios afecta la ley de amnistía promulgada?
Afecta varios derechos, entre ellos el derecho de las víctimas al amparo judicial ante una grave violación a los derechos humanos; asimismo, viola la obligación que tiene el Estado de investigar juzgar y sancionar a los responsables.
Si los jueces aplican la norma, ¿qué consecuencias directas tendrá?
De aplicarse la norma por los jueces se estaría violando el derecho de las víctimas que no sólo están consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos, sino en diversos tratados internacionales a los que nuestro país se ha suscrito, y que tiene la obligación de respetar. De aplicarse, se cerrarían medio centenar de investigaciones por casos de tortura, desapariciones, asesinatos ocurridos en el contexto de violencia política ocurrida entre los años 1980 y 2000. Asimismo, quedaría sin efecto las sentencias en primera instancia, que están pendientes en la Corte Suprema en recurso de nulidad, y se cerrarían los procesos pendientes. Además, en caso de los mayores de 70 con sentencia firme que están prófugos, quedarían sin efecto las órdenes de captura, mientras que los que se encuentran en prisión quedarían en libertad.
Dependerá de la decisión que tomen los magistrados, entonces, como en el caso de la ley que limita la lesa humanidad a hechos posteriores a julio del 2002 y que hasta el momento no ha sido aplicada.
Así es. Como en ese caso, seguramente los abogados de los procesados o condenados presentarán escritos que los jueces tendrán que resolver, previo control de constitucionalidad y convencionalidad.
¿Qué harán los familiares frente a esta ley de impunidad?
Los familiares, en cada por caso, solicitarán la inaplicación, y acudirán a instancias internacionales
¿Qué mensaje trae promulgar la ley de amnistía un día antes de cumplirse 40 años de la matanza de Accomarca, contra más de 60 personas, cometida por el Ejército?
Se cumplen 40 años de la masacre de Accomarca, lo que significará que los acusados que están pendientes de juzgamiento ya no responderán por esto a hechos, que Wilfredo Mori Orzo, el máximo responsable, quedará impune. ❖

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