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Política

Caso Andrés Hurtado: Amplían plazo del levantamiento del secreto bancario y reserva tributaria de Chibolín por 60 días

La Corte Superior de Justicia de Lima decidió declarar fundado el requerimiento de ampliación del plazo para el levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria contra Andrés Hurtado y Frieda Tuesta por la presunta comisión del delito contra la administración pública.

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Solicitud del Ministerio Público fue aprobada por la Corte Superior de Lima. Foto: LR

Ante la solicitud del representante del Ministerio Público para ampliar el plazo de levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria de los investigados Andrés Hurtado Grados y Frieda Roxana del Águila Tuesta, exjefa de Migraciones, por la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de tráfico de influencias, en agravio del Estado, la Corte Superior de Justicia declaró fundada dicha autorización judicial. En esa misma línea, este levantamiento tendrá vigencia desde el 1 de abril de 2018 hasta el 30 de noviembre de 2019, y desde el 1 de septiembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022, tanto para el levantamiento del secreto bancario como de la reserva tributaria para ambos investigados.

En esa misma línea, el expediente señala que se disponga a la Superintendencia Nacional de Banca y Seguros que requiera a las entidades bancarias, tanto públicas como privadas, así como a las cajas de ahorro y crédito, cajas rurales y Edpymes, que informen sobre los investigados, incluyendo todo lo concerniente a sus cuentas de ahorro, fechas de apertura y movimientos. También se ordena a la SUNAT que remita la información, documentos y declaraciones de ambos ciudadanos. Este mandato debe ejecutarse en un plazo de 10 días hábiles a partir de la recepción de la presente resolución, y se dispone que la información sea remitida a la Segunda Fiscalía Provincial, según detalla el documento.

Mediante esta resolución se autoriza a los fiscales del despacho a ejecutar la resolución judicial ordenada, y se requirió al representante del Ministerio Público informar al órgano jurisdiccional sobre la ejecución de la presente en un plazo de 60 días.

Cabe resaltar que en septiembre, el Poder Judicial ordenó levantar el secreto bancario y la reserva tributaria de y Frida Del Águila, en el marco de la investigación preliminar que enfrentan en el Ministerio Público por presunto tráfico de influencias.

Además, la fiscalía está analizando la posible implicación del exconductor de televisión Andrés Hurtado, conocido como ‘Chibolín’, y de una exfuncionaria en el proceso que llevó a cabo el futbolista Roberto Siucho Neira en 2019 para renunciar a su nacionalidad peruana con el fin de jugar en China. Esta medida permitirá acceder a información sobre las transacciones bancarias relacionadas con los investigados, tanto durante como después del trámite de Siucho Neira.

Ampliación del plazo del levantamiento del secreto de sus comunicaciones

En este expediente se señala otro de los pedidos del Ministerio Público relacionado con el levantamiento del secreto de las comunicaciones de Andrés Hurtado ‘Chibolín’, y de Frida Tuesta, por el mismo delito mencionado anteriormente. Mediante esta resolución, se solicitó el registro de las comunicaciones históricas de los números celulares a nombre de ambos investigados, abarcando el periodo desde el 1 de abril de 2018 hasta el 30 de noviembre de 2019, y del 1 de septiembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022. En este marco, se especificó que el historial debe incluir mensajes de texto salientes y recibidos, con indicación de la fecha y hora de cada comunicación, la precisión del IMEI del celular y cualquier otro dato de comunicación registrado en hojas de cálculo durante dicho periodo de cada investigado, en un plazo de 10 días hábiles.

Andrés Hurtado es acusado del presunto delito de lavado de activos y tráfico de influencias. Foto: composición La República.

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