Los congresistas Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) y José Cueto (Renovación Popular) presentaron un proyecto de ley que busca la prescripción de procesos y sentencias ejecutoriadas antes del año 2002 y que se hayan basado en delitos establecidos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, como el de lesa humanidad.
El argumento que alegan es que tanto el Estatuto de Roma como la Convención sobre la Imprescriptibilidad contra los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad entraron en vigor en el Perú en el año 2002 y 2003, respectivamente. Por lo tanto, de acuerdo a la iniciativa legal, no deberían aplicarse de manera retroactiva.
El abogado Carlos Rivera, del Instituto de Defensa Legal, advirtió que de aprobarse esta iniciativa, se beneficiarían militares procesados y condenados por crímenes contra los derechos humanos que han sido considerados como de lesa humanidad, así como el exdictador Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos, ambos condenados por los casos Barrios Altos y La Cantuta.
“Va a beneficiar, por lo tanto, a los militares que están hoy procesados por crímenes de derechos humanos que están calificados como lesa humanidad; a militares que están condenados como Wilfredo Mori Orzo, del caso Accomarca; al general José Valdivia Dueñas, del caso Cayara. También va a beneficiar a personas como Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos”, remarcó Rivera.
Aclaró que de los 105 casos en que se han emitido sentencias por violaciones a los derechos humanos, alrededor de 35 han sido declarados como crímenes de lesa humanidad, sobre la base de la ley penal nacional y no sobre el Estatuto de Roma.
Señaló que esta valoración la realizan los fiscales y jueces de manera complementaria. Es decir, como una costumbre de la comunidad jurídica internacional de calificar los eventos más violentos como crímenes contra la humanidad. Agregó que esta declaración tiene como consecuencia inmediata la imprescriptibilidad.
Desmintió que la Convención sobre Imprescriptibilidad de Crímenes de Lesa Humanidad no pueda aplicarse de manera retroactiva a los casos de graves violaciones a los derechos humanos ocurridos en los años 1980 y 1990 en el Perú porque, de acuerdo al artículo primero de este tratado, se estableció que se podrán calificar como imprescriptibles los crímenes de lesa humanidad sin importar la fecha en la que se produjeron los hechos.
Por su parte, el exfiscal supremo provisional Víctor Cubas Villanueva consideró que este proyecto es absurdo y negacionista, al sostener que en el país sí se han cometido una serie de graves hechos contra los derechos humanos que calzan como actos de lesa humanidad.
“Ellos pretenden que se declaren nulas las sentencias. En realidad, eso es absurdo. Es como querer tapar el sol con un dedo. Decir que en el Perú no se han cometido hechos graves que son calificados como actos de lesa humanidad; eso es negacionismo puro”, exclamó Cubas Villanueva.
Asimismo, el especialista en derecho dijo que se pueden aplicar las normas de los tratados internacionales, aun cuando no estén desarrolladas por leyes nacionales o no estén incorporadas en el Código Penal o el Código Procesal Penal.
Antecedente. El abogado Carlos Rivera recordó que el Tribunal Constitucional ha dicho en varias oportunidades que resulta inconstitucional interpretar que la convención sobre imprescriptibilidad solamente se pueda aplicar para crímenes posteriores a su ratificación.