La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso (SAC) tramitó, hasta el momento, ocho denuncias constitucionales contra el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Luis Salas Arenas. Tres de ellas están en proceso.
Las primeras acusaciones datan del 2021, año en que hubo elecciones generales y las instituciones electorales jugaron un papel clave en cerrar filas contra la antidemocrática denuncia de fraude de Keiko Fujimori.
Como se sabe, el JNE está conformado por cinco miembros, uno de ellos es un magistrado que representa a la Corte Suprema de Justicia y otro al Ministerio Público. El artículo 99 de la Constitución no incluye a estos altos funcionarios como pasibles de antejuicio y juicio político. Pero en el Congreso han interpretado que los magistrados del JNE que representan al Poder Judicial y a la Fiscalía pueden ser procesados por su condición de juez y fiscal supremo respectivamente.
En julio del 2021, el abogado Gabriel Larrieu presentó la Denuncia Constitucional 112 contra Salas Arenas y el entonces magistrado Víctor Rodríguez Monteza, quien representó al Ministerio Público. La presunta infracción cometida, de acuerdo con la acusación, fue que el Pleno (del JNE) nunca se constituyó válidamente porque faltaba el quinto miembro.
Efectivamente, ese mes en el JNE no estaba aún el representante del Colegio de Abogados.
Finalmente, la subcomisión y luego la Comisión Permanente declararon improcedente la denuncia en febrero del 2022. Días después, juró Willy Ramírez, elegido por el Colegio de Abogados como su representante.
PUEDES VER: RMP sobre rechazo de medida cautelar de Patricia Benavides: "Parece que el Congreso ya no la apoya"
Las denuncias, sin embargo, continuaron llegando a la SAC, presidida ese año por Rosio Torres, congresista de Alianza para el Progreso (APP). En agosto del 2021, el excandidato congresal de Avanza País Gregorio Torres interpuso la Denuncia Constitucional 88 contra Salas Arenas por supuesto fraude debido a que fue excluido de carrera electoral en los últimos comicios generales.
Recién el 23 de enero de este año, la SAC, ahora presidida por Lady Camones, de APP, la declaró improcedente. Sin embargo, el informe de calificación, en el fondo, consideró que Salas Arenas puede ser acusado en su condición de juez supremo, así se trate de hechos cometidos en su calidad de titular del JNE.
En febrero del 2022, Ruth Hildebrandt Pinedo, entonces militante de APP, presentó la Denuncia Constitucional 229 por la resolución del JNE que dispuso que los partidos políticos “debían solicitar la inscripción de su padrón de afiliados en conjunto en un solo momento”.
En abril de ese año, el exmagistrado Luis Arce Córdova presentó la Denuncia Constitucional 107, también contra Salas Arenas y la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos, por haberlo retirado del Pleno del JNE y poner en su lugar al fiscal Víctor Rodríguez Monteza.
Y en enero del año pasado el excandidato a la Alcaldía de Trujillo con Renovación Popular Carlos Calderón interpuso la Denuncia Constitucional 276 contra Salas Arenas y el expresidente del JNE Víctor Ticona, exigiendo la inhabilitación de ambos por 10 años.
La subcomisión tramitó estas tres acusaciones constitucionales y eso generó que el Jurado presente una acción de amparo en la Corte Superior de Justicia de Arequipa. La jueza Karina Apaza le dio la razón y dispuso que el Congreso cese con sus amenazas.
PUEDES VER: Martín Vizcarra: testigo relata cómo fue el presunto pago de coimas por parte de Carlos Revilla en Palacio
El Parlamento, luego de ello, presentó una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional (TC). Los nuevos magistrados de esta institución, elegidos por este Legislativo, resolvieron que no están sometidos al control judicial y exhortó a modificar el artículo 99 de la Constitución para incluir a las autoridades electorales como pasibles de acusación constitucional.
Es cierto que las denuncias constitucionales 229, 107 y 267 se encuentran sin el visto bueno, pero eso no significa que en la SAC consideren inviable acusar a las autoridades electorales.
En los informes de calificación de las denuncias constitucionales de Hildebrandt y Torres, se declaran improcedentes los casos, pero se sostiene que el presidente del JNE puede ser sometido a antejuicio o juicio político como juez de la Corte Suprema, así cumpla una función ajena a ese cargo.
Por eso, Salas Arenas le envió un oficio a Camones pidiendo un alto al acoso, denunciando que los miembros de la SAC han adelantado opinión, y advirtió con recusarlos en caso de que no se inhiban ella y sus colegas.
Aún quedan tres denuncias constitucionales pendientes de resolverse, entre ellas una formulada por la congresista de Avanza País Rosselli Amuruz. El informe de calificación está en manos del equipo técnico de la subcomisión. Ese caso apunta a ser el punto de quiebre que permitiría inhabilitar al titular del JNE.
Francisco Eguiguren, abogado
“Es claramente inconstitucional un juicio político porque el artículo 99 no lo contempla. El presidente del JNE no está cumpliendo funciones en la Corte Suprema. Cumple función jurisdiccional”.