
Pese a que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) señalaron que las elecciones internas complementarias realizadas en diversas regiones fuera del plazo establecido no tenían su respaldo, desde Alianza para El Progreso señalaron que solo cumplieron con la Ley n.° 31481, que fue aprobada por el Congreso. Por tal motivo, el partido llevó a cabo sus comicios el último 1 de junio.
Al respecto, Óscar Acuña Peralta, coordinador regional de Alianza para el Progreso (APP) en La Libertad y hermano del político César Acuña, se pronunció sobre este tema.
“La ley del Congreso es una ley que se debe cumplir al día siguiente que se publica en El Peruano”, expresó para N60 noticias.
Acuña agregó que informaron a estas instituciones sobre la realización de las elecciones complementarias, a pesar de que los precandidatos que participan aún no están inscritos en el Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes (SIJE Declara Internas) del JNE.
“Nosotros hemos hecho ingresar a los 120 precandidatos, 24 son de La Libertad que no se lograron inscribir el 15 de mayo. Enviamos al JNE y la ONPE, ellos tienen conocimiento. Se les invitó a que participen, vamos a hacer ingresar a la ONPE los resultados”, detalló el dirigente apepista.
Quien también había mostrado la posición de APP fue la gerente general de este partido político, Marisol Espinoza Cruz.
“APP ratifica su compromiso con la democracia y la promoción de la participación ciudadana en los procesos electorales. Las elecciones internas, como su nombre lo indica, están consideradas en el marco legal de la autonomía de los partidos políticos y ningún pronunciamiento o resolución puede imponerse sobre la ley”, indicó a la prensa.
elecciones APP Foto: Yolanda Goicochea / URPI-LR
los magistrados del JNE ratificaron sus cuestionamientos a la Ley 31481, que aprobó el Congreso por insistencia para ampliar un plazo de presentación de candidatos y permitir que los partidos y movimientos hagan elecciones internas complementarias.
Tanto el JNE como la ONPE consideran que esta norma vulnera el derecho de participación e igualdad y los principios de seguridad jurídica, intangibilidad, preclusión y no retroactividad.





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