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Política

Mirtha Vásquez y Aníbal Torres sustentan este martes proyecto que modifica la vacancia y la cuestión de confianza

A partir de las 9.30 a. m., los representantes del Ejecutivo acudirán a una sesión de la Comisión de Constitución del Congreso. Se plantean reformas en los artículos 113 y 114 de la Constitución.

Gabinete. Pese a la incertidumbre, la primera ministra Mirtha Vásquez dijo ayer en la noche que se siente optimista. Foto: difusión
Gabinete. Pese a la incertidumbre, la primera ministra Mirtha Vásquez dijo ayer en la noche que se siente optimista. Foto: difusión

La presidenta del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez, y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Aníbal Torres, sustentarán este martes 9 de noviembre el proyecto de ley de reforma constitucional que tiene como objetivo regular la vacancia presidencial y la cuestión de confianza.

Su presentación se dará en una sesión de la Comisión de Constitución del Congreso, donde se ha planteado en la agenda que la exposición de los ministros sea el primer punto a tocar. El encuentro está previsto iniciar a las 9.30 a. m.

La propuesta del Ejecutivo

Sobre la vacancia presidencia se propone modificar el artículo 113 inciso 2 que contempla la “permanente incapacidad moral o física”. Se desea reemplazar este punto por “permanente incapacidad mental o física, debidamente acreditada por una junta médica” y que sea declarada no por menos de los dos tercios del número legal de congresistas.

En el caso de la suspensión de ejercicio de la Presidencia de la República (Art. 114), que detalla la “incapacidad temporal del Presidente, declarada por el Congreso”, desde el Ejecutivo se propone reformular el Art. 114 inciso 1 de la Constitución y establecer la “incapacidad temporal mental o física del Presidente” que sea incompatible con el ejercicio de su función. Así, al igual que en el artículo 113º inciso 2, este punto requeriría una debida acreditación por parte de una junta médica declarada y por no menos de los dos tercios del número legal de miembros del Congreso.

Mirtha Vásquez

Además, la actual Constitución contempla en su art. 133 que el presidente del Consejo de Ministros está habilitado para plantear ante el Congreso una cuestión de confianza a nombre del Consejo. Si la confianza le es rehusada, si es censurado, si renuncia o es removido por el Presidente de la República, se produce la crisis total del gabinete.

De esta manera, se indica que la cuestión de confianza “procede en asuntos de competencia del Poder Ejecutivo relacionados con la Política General del Gobierno, la iniciativa legislativa ordinaria del Poder Ejecutivo y la permanencia de los ministros de Estado”.

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