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Política

Keiko Fujimori podría recibir 18 años de cárcel por lavado de activos

Según Pérez. Fiscal del Equipo Especial argumentó la prognosis de pena por lavado de activos agravado y obstrucción a la justicia. Audiencia de prisión preventiva continúa hoy desde las 5:00 p.m.

Suspendida. Audiencia de prisión preventiva continuará hoy a las 5:00 p.m. Se analizarán los argumentos expuestos por Pérez. Créditos: Mauricio Malca
Suspendida. Audiencia de prisión preventiva continuará hoy a las 5:00 p.m. Se analizarán los argumentos expuestos por Pérez. Créditos: Mauricio Malca

Durante la argumentación del tercer presupuesto (prognosis de la pena) del pedido de prisión preventiva contra Keiko Fujimori, el fiscal José Domingo Pérez señaló que a la lideresa de Fuerza Popular le correspondería una pena de hasta 18 años, nueve meses y 15 días de prisión efectiva, de comprobarse que incurrió en los delitos de lavado de activos agravado y obstrucción a la justicia.

Esto, en el marco de la investigación por los presuntos aportes de la constructora brasileña Odebrecht a las campañas electorales de Fujimori en 2011 y 2016. Pérez planteó dos opciones al juez Víctor Zúñiga: considerar los delitos de lavado de activos agravado por organización criminal y obstrucción a la justicia, que configura la pena antes señalada.

La segunda opción considera los delitos de lavado de activos simple, asociación ilícita para delinquir y obstrucción a la justicia, con una prognosis de pena de 25 años, 11 meses y 15 días de cárcel. Tras explicar cada una con sus respectivos argumentos, el miembro del Equipo Especial Lava Jato le subrayó al juez que se decantaba por la primera opción.

Enseguida, vino la intervención de la abogada Giulliana Loza, quien criticó que Pérez hiciera tipificaciones alternativas sobre la prognosis de la pena durante la audiencia de prisión preventiva cuando, según ella, no correspondía. Loza cuestionó lo expuesto por el fiscal con el argumento de que propuso dos opciones, a lo que el juez le recordó que finalmente había optado por una.

Sin mayores argumentos, Loza acabó su intervención anunciando que la defensa de Keiko Fujimori rechazaba la propuesta del Ministerio Público en lo que respecta a la prognosis de pena. El juez Zúñiga suspendió la audiencia para hoy a las 5 de la tarde.

Desestimó pruebas

En la primera parte de la audiencia, Giulliana Loza tuvo oportunidad de dar su dúplica a la réplica dada por José Domingo Pérez la tarde del miércoles, en donde aseguró que los testimonios de Jorge Yoshiyama y Rolando Reátegui estaban corroborados. Loza aprovechó turno la tarde del jueves para desestimar todo esto.

Desde el inicio de su intervención, la abogada de Keiko Fujimori afirmó que los ejecutivos de Odebrecht Fernando Migliaccio y Luis Antonio Mameri habían señalado en sus declaraciones que el dinero usado por la constructora para los presuntos aportes a las campañas políticas habrían tenido un origen lícito, lo que traería abajo la tesis del Ministerio Público.

Además, Loza entafizó que no existe una correspondencia entre los correos presentados por el fiscal Pérez como elementos de convicción sobre los presuntos aportes de Odebrecht y los supuestos falsos aportantes. "No pueden corroborar la supuesta comisión del delito de lavado de activos en ninguna de sus modalidades”, expresó.

Loza también se refirió a los testimonios de Daniel Salaverry y Antonio Camayo, sobre una supuesta reunión entre Keiko Fujimori y el exjuez supremo César Hinostroza. "¿Qué demuestra la declaración de Salaverry y Camayo? Que no revisten elementos de convicción”, cuestionó la abogada, quien al final de su dúplica se refirió a la sentencia del Tribunal Constitucional.

“La única tesis de la fiscalía es presentar actos de simulación”

Terminada la audiencia, Loza afirmó que la única tesis que presenta el Ministerio Público son actos de simulación de aportes y cuestionó la incorporación de ciertos elementos de convicción en el caso de Keiko Fujimori.

“Lo que nosotros estamos diciendo es que la única tesis de la Fiscalía es presentar actos de simulación y los actos de simulación no constituyen delito de lavado de activos”, aclaró.

Para Loza, existiría una construcción equivocada y por ello han cuestionado la incorporación de elementos de convicción. “Todos sabemos, de acuerdo a la tesis de la Fiscalía y de la imputación, que existirían actos de simulación que no son delitos, son actos de reproche administrativo”, declaró.

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