La demanda competencial contra el Ejecutivo que el titular de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea, presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) sobre la disolución del Congreso de la República fue contestada ayer por el procurador del Ministerio de Justicia, Luis Huerta Guerrero.
Tras dejar la respuesta del Ejecutivo en mesa de partes del TC, Huerta Guerrero dijo que la postura de la parte demandante es que el presidente de la República no puede hacer uso de su facultad de disolver el Congreso y con ello busca evitar que la ciudadanía se pronuncie sobre la crisis política.
“La esencia de la respuesta es que en la Constitución hay un derecho de la población a decidir sobre asuntos públicos. Hay una facultad del presidente a disolver el Congreso en caso se haya negado su confianza a dos Consejos de Ministros. Presentados esos presupuestos corresponde convocar a la población para que solucione la crisis política que ha sido evidente”, precisó el procurador público.
Y anotó que uno de los aspectos que no toca la parte demandante es el análisis del artículo 134 de la Constitución que reconoce la mencionada facultad del mandatario.
Consideró que los argumentos de la demanda pueden ser fácilmente desestimados por el TC porque carecen de visión constitucional y dejan de lado los fundamentos de un Estado constitucional relacionados con la participación de la ciudadanía a través de sus derechos.
“La demanda presenta una visión desfasada de lo que es el principio de separación de poderes. Hoy en día esta separación se entiende como una interacción, como un trabajo conjunto entre el Congreso y el Ejecutivo para hacer frente a las necesidades de la ciudadanía”, indicó Luis Huerta.