Este viernes, la Corte Superior de Justicia de Lima declaró inadmisible la acción de amparo que había formulado la excongresista Marisol Espinoza por la disolución del Congreso, decidido por el presidente Martín Vizcarra el 30 de septiembre.
El recurso había sido presentado el 7 de octubre para que se declare inaplicable la medida del Poder Ejecutivo contra el Legislativo y las elecciones de enero del 2020, además que la restituyan como congresista de Piura.
Según consideró el Primer Juzgado Constitucional Transitorio, no se cumple “una adecuada motivación o sustento” para que se plantee una acción de amparo contra “una norma autoaplicativa”. Además, señala que “no queda claro si la línea argumentativa de la solicitante va en relación a la norma autoaplicativa per se o a los actos sustentados como consecuencia de su aplicación”.
Asimismo, la Corte Superior establece que el eje central de la argumentación del pedido de Marisol Espinoza se debe resolver en el Tribunal Constitucional, de acuerdo al artículo 109 del Código Procesal Constitucional.
“No sería viable su tramitación por juzgado constitucional alguno, dado que habiendo invocado en la demanda competencial un claro conflicto entre poderes del Estado corresponde al máximo intérprete de la Constitución”, sustenta la Corte Superior.
Se recuerda que Martín Vizcarra decidió disolver el Congreso luego que este poder le negó fácticamente una segunda cuestión de confianza al Poder Ejecutivo. El 26 de enero del 2020 se realizarán los comicios para elegir un nuevo Parlamento que cumplirá el periodo legislativo, hasta julio del 2021.