José Víctor Salcedo
Continúa la audiencia para evaluar el pedido de 8 meses de prisión preventiva para el exgobernador de Cusco, Edwin Licona, y la empresaria Janet Castro. La fiscal anticorrupción Gladys Aparicio entregó “nuevos elementos” de prueba y añadió el delito de colusión agravada en contra Licona, Castro y el exfuncionario regional Fidel Tarco. Hasta ayer se les imputaba colusión simple, peculado, cohecho y negociación incompatible.
Aparicio sustentó que Licona sí favoreció con un contrato directo a la empresa de Castro, Jamil Corporación Contratista SAC, por S/ 75 900, a fin de pagar la deuda por campaña electoral con Piedad Vargas, ahora exvicegobernadora regional. Castro retiró desmonte de los terrenos de Vargas en el distrito de Oropesa, por aparente pedido de Licona.
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Recordó que eso, además, coincide con las conversaciones por mensaje de texto que mantuvieron Licona y Castro. Hablaban sobre deudas, pago de “diezmo anticipado” y favorecimiento con obras. Según la fiscal, Licona ordenó al funcionario Fidel Tarco que entregue la obra a Castro. Aparicio sostiene que Licona usó a Castro, a quien le pagó con esa obra estatal, para saldar la deuda con la exvicegobernadora.
Hecho ya conocido
Esos hechos, sin embargo, ya eran conocidos. En febrero de 2018, La República reveló que la empresa Jamil, de Castro, facturó y cobró del Gobierno Regional de Cusco S/ 96 850 en 2015 y 2016. Ganó procesos en el Proyecto Especial Plan Copesco y en la sede central del Gobierno Regional de Cusco. Eso tendría relación con uno de los mensajes enviados por la empresaria supuestamente al gobernador: “Ing., buenas tardes, estoy en Copesco, hay directas para Huarocondo y no quieren darme. (...) Hable con el residente y, por favor, que me den siquiera uno”. En 2015, Jamil facturó S/ 20 950 al Plan Copesco y en 2016 cobró S/ 75 900 de la sede central.
Los abogados defensores de Castro y Licona cuestionaron esas nuevas apruebas, pero el juez Carlos Román Gil permitió que sean usadas. Zenón Chaiña, abogado de la empresaria, sostuvo que cambiaron los hechos, pero que no hay elementos que hagan presumir la comisión del delito de colusión agravada.
Mientras que el abogado de Licona, Aldo García, cuestionó el requerimiento y minimizó la importancia de los 122 elementos de convicción. Añadió que el celular atribuido a Licona —974 597995— no era suyo por lo que los mensajes no “prueban nada”. El juez suspendió la audiencia para las 4.30 p. m. de este miércoles. Ese día, espera concluir con los alegatos de las partes procesales.