El secuestro agravado que Fujimori ordenóSecuestro agravado. Vladimiro Montesinos recibió condena de 15 años de prisión, que se da por cumplida, por ejecutar el secuestro del empresario en los calabozos del SIE. Fallo ratifica los argumentos y hechos de la condena a Alberto Fujimori por el delito de secuestro agravado.,Sala ratificó que empresario Dyer fue secuestrado en el Pentagonito,El empresario Samuel Dyer Ampudia fue secuestrado el 27 de julio de 1992 en el aeropuerto Jorge Chávez. El ex presidente Alberto Fujimori se lo ordenó a su entonces asesor Vladimiro Montesinos Torres. Y este lo ejecutó diligentemente. Para realizar el secuestro, Montesinos utilizó a la Dirección de Migraciones, el Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE), el Cuartel General del Ejército, la Policía Antiterrorista, el Ministerio Público, el Poder Judicial y, por último, para encubrir el crimen, a la Administración Tributaria. PUEDES VER Sentencian a 15 años de prisión a Vladimiro Montesinos por secuestro de Samuel Dyer Así lo establece el Poder Judicial. Primero, en la sentencia que la Sala Penal Especial de la Corte Suprema dictó, en abril del 2009, contra el ex presidente Alberto Fujimori. Ayer, lo reiteró el Colegiado “B” de la Sala Penal Nacional al juzgar y condenar por este crimen a Montesinos. Los jueces Miluska Cano López, Omar Pimentel Calle y Otto Verapinto Márquez dicen, además, que se trata de un secuestro agravado y que, durante su cautiverio, Dyer Ampudia fue sometido a “trato cruel, humillante y degradante”. Los jueces llegaron a esta conclusión luego de 18 meses de juicio público, a Vladimiro Montesinos, Alberto Pinto Cárdenas y otros militares que ayudaron a ejecutar y mantener a Dyer Ampudia privado de su libertad. Con esta decisión, la defensa del ex presidente Alberto Fujimori recibe un nuevo revés. Los abogados de Fujimori siempre rechazaron el secuestro agravado de Dyer Ampudia señalando que no se había condenado a los autores directos. Hoy estos también tienen condena. Del aeropuerto al SIE La sentencia establece que el mencionado empresario fue privado irregularmente de su libertad en el aeropuerto Jorge Chávez, el 27 de julio de 1992, cuando se disponía a viajar al exterior acompañado de su hijo de 15 años de edad. Nunca existió una orden de detención o impedimento de salir del país dictada por un juez. Los funcionarios de migraciones y de requisitorias de la Policía Nacional privaron a Dyer de su libertad en ejecución de una orden verbal del entonces asesor presidencial Vladimiro Montesinos, conforme lo reconoció el fallecido coronel PNP Víctor Arcila Dupp y Migdonio Torres Aliaga. Luego, el también fallecido coronel PNP Carlos Domínguez Solís, jefe de contrainteligencia del SIN, recibió la orden telefónica de Montesinos de acudir al aeropuerto a recoger a Dyer y trasladarlo al “Pentagonito” y recluirlo en los sótanos del SIE. El tribunal también dio por acreditado que nadie le dijo ni supo decirle a Samuel Dyer por qué lo habían privado de su libertad. Fue tratado como un terrorista y recluido en una pequeña celda, donde los soldados lo ponían contra la pared al darle sus alimentos. Sin amparo Los jueces señalaron que el coronel EP Alberto Pinto Cárdenas, jefe del SIE, intentó oponerse, pero que Montesinos le dijo que era una orden del entonces presidente Alberto Fujimori, y él cumplió la orden. El 30 de julio, la Policía Antiterrorista y la fiscal Fabiola Peña Tavera recibieron la orden de investigar a Dyer por terrorismo, pero que extrañamente, pese a saber que estaba privado de libertad, no dispusieron que pase a un centro policial ni garantizaron su derecho de defensa. Los familiares de Samuel Dyer presentaron un hábeas corpus que tampoco fue acogido por el Poder Judicial. Dyer tuvo que declararse en huelga de hambre, con lo cual consiguió que Pinto Cárdenas lo traslade a un lugar más confortable y mejore sus condiciones, pero siguió privado de su libertad. Fujimori en el SIE Samuel Dyer relató a los jueces que, mientras estaba recluido en el SIE, vio pasar al entonces presidente Alberto Fujimori acompañado de civiles y militares, y que a gritos le pidió ayuda para aclarar su situación y quedar en libertad. Fujimori no lo quiso escuchar. Dyer continuó arbitrariamente privado de su libertad. El 3 de agosto, la Policía emitió el parte Nº 2893-DINCOTE, donde concluyó que no se había encontrado responsabilidad a Samuel Dyer por el delito de terrorismo, pero no lo dejaron libre. El empresario empezó a temer que no saldría con vida del “Pentagonito”. Días después, Dyer fue ayudado por oficiales no identificados, a evadirse del Cuartel General del Ejército y denunciar ante la prensa su situación. Pero el empresario no lograría recuperar su libertad. Le abrieron un proceso judicial por presunta evasión tributaria y se le investigó por presunto tráfico de drogas. Samuel Dyer y su familia debió refugiarse en Estados Unidos para evitar la persecución legal del régimen autoritario de Fujimori y su asesor Vladimiro Montesinos. Pena cumplida Pese a la gravedad del crimen, el tribunal redujo considerablemente la pena a Montesinos y a Pinto Cárdenas teniendo en cuenta, explicaron, lo largo de este proceso judicial. Así, Montesinos recibió 15 años de prisión de los 20 años que pidió la fiscalía. Pero eso no fue todo. Lo mejor para el asesor fue que el tribunal dio por cumplida la pena, teniendo en cuenta que se encuentra en prisión desde junio del 2001. A Pinto Cárdenas la sentencia se redujo a 4 años de prisión, suspendida por reglas de conducta. Los jueces tuvieron en cuenta que intentó oponerse a la detención de Dyer, que le dio un buen trato y que fue sancionado luego de su fuga. Migdonio Torres Aliaga y Santiago Zegarra Guevara fueron absueltos, pues no se demostró que supieran del secuestro. Nadie apeló. Todos se reservaron el derecho para analizar la sentencia. Reparación civil Sentencia. Los jueces impusieron a Vladimiro y Alberto Pinto Cárdenas el pago de una reparación civil de 46.800 soles a favor de Samuel Dyer Ampudia. Dilación. El tribunal reconoció que este proceso sufrió dilaciones irregulares de parte de la administración de justicia, pues pese a tratarse de un hecho producido en 1992, recién fue judicializado el 2007, lo cual afectó el derecho a un plazo razonable del proceso judicial que tienen todos los procesados. “No entendemos que se le haya compurgado la condena” El abogado Carlos Rivera declaró que estaban satisfechos porque el juicio ha concluido y se ha ratificado que se trata de un caso de secuestro agravado, pero lo estaría más si se hubiera hecho efectiva la condena de 15 años. “Encontramos con poco sustento legal que el tribunal haya decidido no solo reducirle la pena, sino darla por cumplida bajo el argumento de que Montesinos está preso desde el año 2001. Montesinos no está preso desde el 2001 por este caso, sino recién desde el año 2009. La decisión de compurgar la condena solo comprendería desde el proceso judicial, es decir, desde abril del 2009. Nos queda una sensación de impunidad. Hemos hecho tantos esfuerzos durante años para obtener una magra declaración de justicia”. Los hábeas corpus La condena del Colegiado “B” de la Sala Penal Nacional refuerza la sentencia contra el ex presidente Alberto Fujimori por secuestro agravado, a la vez que debilita los hábeas corpus que periódicamente presenta la defensa del ex presidente en busca de anular la condena de 25 años y el delito de secuestro agravado que le impide acogerse a beneficios penitenciarios. Incluso es una traba para el indulto que le quisiera otorgar el presidente de la República. A partir de fines del 2018, Montesinos puede pedir su libertad anticipada “Los años están pasando y Vladimiro Montesinos puede reducir su condena acogiéndose a beneficios penitenciarios”, advirtió en julio del 2016 el fiscal de la Nación, Pablo Sánchez Velarde. Agregó que esta situación, que deberá ser analizada por los jueces, podía presentarse a fines del años 2018. La advertencia del fiscal de la Nación se acerca y ayer la defensa de Montesinos dio un paso importante y muy grande en este sentido. 1. Juicios pendientes Cuando el doctor Pablo Sánchez hizo su advertencia, se dijo que eso se podía evitar si Vladimiro Montesinos recibía una nueva condena en un proceso que hubiera comenzado cuando ya estaba detenido. Se suponía entonces que la nueva pena se contaría desde el inicio del proceso. Ayer, el Colegiado “B” de la Sala Penal Nacional ha dicho que eso no es posible. La condena se cuenta desde su detención en junio del 2001 y ya pasaron 16 años. 2. Pena compurgada La Sala Penal Nacional condenó a Vladimiro Montesinos a 15 años de prisión por el secuestro agravado de Samuel Dyer Ampudia, pero como ya lleva detenido más de 16 años, los jueces consideraron que ya cumplió con la pena. Si este argumento es confirmado por la Corte Suprema o nadie apela, y la sentencia queda firme, será un precedente para el resto de los juicios que tenga pendiente y donde pueda recibir una penal igual o mayor. 3. Máxima condena Vladimiro Montesinos ya ha cumplido todas las condenas por corrupción de funcionarios, de las cuales la más alta fue de 15 años por la compra de la línea editorial de los canales de TV. Hoy su máxima pena en curso es de 25 años por homicidio calificado y asociación ilícita para delinquir por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta. Le sigue la de 22 años por desaparición de personas en los sótanos SIE y en dos años más cumplirá la totalidad de su pena de 20 años por tráfico de armas a las FARC. 4. Beneficios Quien fuera asesor del ex presidente Alberto Fujimori y jefe de facto del Servicio de Inteligencia puede acceder a los beneficios de semilibertad o la libertad condicional al cumplir 3/4 de su máxima condena, que es de 25 años, es decir, al cumplir 18 años y siete meses. Esto es en el verano del 2020, pero ese plazo se puede reducir más con el beneficio de la redención de pena por trabajo, que Montesinos ha estado realizando durante estos años. 5. Trabajo de escritor Según fuentes del INPE, Vladimiro Montesinos reclama que se le reconozca como trabajo el tiempo que ha dedicado a escribir sus libros, hasta ahora siete volúmenes escritos, dice, a mano, en su celda del penal de la Base Naval.