En el verano del 2016, el JNE, en un hecho propio de regímenes autoritarios, excluyó a dos candidatos de la carrera electoral, Julio Guzmán y César Acuña. Aunque los casos eran diferentes, el argumento que usaron los entusiastas de la medida fue “la ley es la ley y se aplica a todos por igual”. Pero resultó que cuando, poco después, la ley alcanzó a Fujimori y a Kuczynski, ambos entregando “dádivas” –la primera un sobre con dinero, el segundo cajones de cerveza– la ley, dejó de ser la ley. La Sala de Apelaciones que niega la libertad durante la investigación –y futuro proceso, si es que algún día se les acusa– de Ollanta Humala y Nadine Heredia, ha creado, a través de su resolución, la nueva ley. La jurisprudencia crea derecho. Es decir, al interpretar las normas de prisión preventiva, de aquí para adelante, la misma interpretación debe aplicarse a todos. Dice la Sala que recibir dinero de Odebrecht en campaña constituye lavado de activos. Ese mero hecho, por sí mismo. Si esa es su particular interpretación (que es errada), todas las candidaturas presidenciales en las elecciones 2011, que recibieron dinero de Odebrecht han cometido el mismo delito. Marcelo Odebrecht afirmó –y su palabra es prueba según la misma Corte– que le dieron “a todos” los que iban punteros desde la famosa “Caja 2”. ¿Quién era el pelotón puntero en la primera vuelta 2011? Humala, Fujimori, Kuczynski, Toledo y Castañeda. Odebrecht precisó que los detalles los sabía Barata y recordaba entregas a Humala, Fujimori y al partido aprista. Entonces, si eso es lavado de activos para los Humala ¿acaso no todos los demás tienen que estar en etapa de investigación? ¿Y no todos ir a prisión preventiva sin siquiera acusación fiscal? Imagine usted que Nadine Heredia hubiera dirigido una ONG durante el mandato de su esposo. Y esa ONG hubiera recibido donaciones en fechas cercanas a la firma de contratos o adendas con Odebrecht de esa misma empresa corrupta. ¿No hubiera bastado a todos para salir gritando “ahí está la coima”? Pues bien, ayer supimos que esto es exactamente lo que ocurrió con las ONG de Pilar Nores durante el mandato de su esposo. Y dado que la Corte estableció ayer que la “sagrada institución de matrimonio” puede también constituir “una organización criminal sin fronteras” la de Alan García y la de Pilar Nores, ¿no debe recibir el mismo trato? García está separado físicamente de su segunda esposa y convive en Madrid con la madre de su sexto hijo, pero nunca se divorció. A igual razón, igual derecho. Más aún si García no tiene arraigo en el Perú. Si dar poder a un tercero para que los hijos menores de edad puedan viajar sin su padre o madre, o sin ambos, es un plan de fuga, ¿cómo viajan las hijas de Keiko Fujimori? ¿O el hijo de Alan García? Por una extraña razón, para los jueces, si viajan con ambos padres no hay fuga, pero si sus padres dan poder notarial para que viajen, entonces, sí hay plan de fuga. ¿Alguien entendió? Yo no. Es decir, si se van todos juntos, ¿no hay fuga? Si los hijos viajan solos –por tanto, necesitan permiso– y los investigados se quedan ¿hay fuga? Notable argumento. Pero, si así funciona, el disparate, al fiscal Germán Juárez (que gusta de hacer diligencias en escuelas) le bastará examinar el movimiento migratorio de todos los hijos menores de edad de los candidatos el 2011. Si alguna vez viajaron sin ambos padres, o con uno solo y poder notarial del otro, ¡ya está! Peligro de fuga. Entre paréntesis, nunca se había usado a los niños en el Perú de este modo. Según esta tesis, los hijos de Humala están obligados a no salir de Lima mientras sus padres estén en prisión. Es decir, se les ha impuesto una pena restrictiva de la libertad siendo niños inocentes. La Sala ha actuado más para la turba que para el derecho. Hoy se les aplaude, pero mañana cuando le toque desfilar a otros –y tarde o temprano les tocará– ya no habrá forma de decir que lo que ha ocurrido tiene poco de justicia y mucho de ajusticiamiento. Lamentablemente, cuando se trata de políticos, la vara es de distinto tamaño como nos lo hizo saber el JNE en las elecciones del 2016. ¿Y el financiamiento de campaña? Bien gracias. En su mismo lugar. Nunca será materia del Código Penal mientras que todos los que han usado dinero negro sigan en el poder, aliándose para que a ellos no les toque la suerte de los Humala, a quienes les pasa lo que les pasa “por no saberla hacer”. Por una extraña razón, para los jueces, si viajan con ambos padres no hay fuga, pero si sus padres dan poder notarial para que viajen, entonces, sí hay plan de fuga.