
Una compañía chilena deberá pagarle a su extrabajador una indemnización de más de 5.000 dólares luego de que fuera despedido por haber terminado su jornada laboral antes de la hora determinada debido a un dolor de muelas que no le permitía continuar laborando.
Según informó el medio Meganoticias, el joven tenía un horario laboral de 11.15 a. m. a 7.30 p. m., con una hora de descanso de 2.30 a 3.30 p. m. En ese contexto, el empleado tomó su descanso, pero no regresó ese día a su trabajo. En su testimonio alegó que dirigió a su casa para tomar un medicamento para aliviar el dolor de muelas que lo afectaba.
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Al ingerir el medicamento, el efecto fue intermitente, por lo que el malestar junto al impacto de los remedios lo dejó en un estado inadecuado para cumplir con sus funciones laborales, razón por la cual ya no se apersonó al lugar.
Luego de esto, el empleado retomó su rutina y fue a su trabajo, encontrándose con la noticia de que lo habían despedido.
"Se retiró del local en horario de colación a las 2.32 p. m., sin regresar posteriormente a sus labores, abandonando, de esta forma, su trabajo, sin permiso de la referida jefatura. No obstante, que dicha conducta constituye por sí sola una causal de término de contrato, cabe indicarle, como adicional, que su actuar afectó ciertamente la marcha del referido local, donde usted era el único bodeguero", detalló la carta de despido.
Asimismo, el empleado había reconocido que no informó lo que le sucedía a su jefa a raíz de los problemas de comunicación que existían entre ambos.
La Corte de Apelaciones chilena confirmó el fallo que acogió una demanda por despido injustificado del bodeguero por la empresa Comercial Maicao Limitada.
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En ese sentido, el Segundo Juzgado de Letras de Santiago determinó que el trabajador no salió de forma abrupta de la empresa, sino que “salió para hacer uso de su descanso de colación (…) no se verifica que se trate de una salida intempestiva durante su jornada laboral, o carezca de justificación suficiente para ello, requisitos que deben concurrir en forma copulativa”, indicaron.
Además, se sostiene que no se acreditó que “la salida del actor se hubiere provocado algún tipo de perjuicio a la empresa”.
Por ello, la institución ordenó que la empresa pague 708 dólares por indemnización sustitutiva del aviso previo, 2.834 dólares por indemnización por tres años de servicios y 2.267 dólares por el incremento del 80%, lo resulta un total de 5.809 dólares.





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