El Sistema Peruano de Pensiones se presenta como una herramienta esencial para salvaguardar el bienestar económico de los trabajadores y trabajadoras al momento de su jubilación. A través de este sistema, se facilita la realización de aportes a un fondo que asegura una pensión vitalicia, lo que brind la tranquilidad necesaria en la etapa de retiro laboral.
Los afiliados pueden optar entre dos alternativas: el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Ambas opciones presentan características distintas que se adaptan a las necesidades de cada persona. El SNP, de carácter público, se basa en un sistema solidario, mientras que el SPP, de naturaleza privada, se enfoca en la capitalización individual. Conocer las diferencias entre estos sistemas es fundamental para tomar decisiones informadas sobre el futuro financiero.
Para conocer si te encuentras en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) debes ingresar a la plataforma digital de la Superintendencia de Banca, Seguros (SBS). Sin embargo, si quieres saber si te encuentras en la Oficina de Normalización Previsional (ONP) basta con ingresar a la plataforma de dicho sistema de pensiones.
La ONP pertenece al Sistema Nacional de Pensiones. Foto: difusión
Por otra parte, si deseas conocer en qué AFP te encuentras, según la SBS, sigue los siguientes pasos:
Si estás buscando saber si te encuentras afiliado a la ONP, puedes hacerlo fácilmente utilizando tu DNI y accediendo al siguiente link.
El Sistema Peruano de Pensiones ofrece a trabajadores y trabajadoras, tanto dependientes como independientes, la posibilidad de realizar aportes a un fondo destinado a garantizar una pensión a la hora de la jubilación.
Este sistema permite elegir entre dos alternativas de protección social que son el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Ambas opciones presentan características distintas que se adaptan a las necesidades de cada persona.
Como parte de la reforma de pensiones, que fue promulgado por el gobierno a finales de septiembre del 2024, se creó el Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP) a fin de garantizar la protección previsional de todos los ciudadanos, independientemente de su vínculo laboral.
Este nuevo SIPP propone un sistema previsional único, universal, igualitario, inclusivo e integrado, gestionado bajo administración pública y privada, y establece mecanismos que permitirán garantizar el pago de una pensión mínima a sus afiliados.
Entre las disposiciones más importantes se encuentran la afiliación obligatoria al SIPP para todos los ciudadanos mayores de 18 años, la creación de un nuevo aporte obligatorio para los trabajadores independientes, el incremento de la pensión mínima para los afiliados, la creación del nuevo aporte por consumo, entre otros.
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) administra el Sistema Nacional de Pensiones (SNP); es decir, el sistema de pensiones de carácter público. Por otro lado, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) administran el Sistema Privado de Pensiones (SPP), lo que indica que este sistema de pensiones es de carácter particular.
En el SNP, los afiliados deben realizar un aporte del 13% de su remuneración mensual. Para acceder a una pensión de jubilación general, se requiere un mínimo de 20 años de aportaciones. Las pensiones oscilan entre 500 soles y 893 soles, dependiendo de los años de contribución. Si no se cumplen los 20 años, se puede acceder a una pensión proporcional especial.
Por su parte, el SPP exige un aporte del 10% del pago mensual, pero no establece un mínimo de años de aportación. Esto permite mayor flexibilidad a los afiliados, quienes pueden acumular sus fondos sin restricciones de tiempo. Sin embargo, es importante considerar que en este sistema se deben pagar comisiones y seguros adicionales, lo que puede afectar el monto final de la pensión.
Sí es posible cambiar de ONP a la AFP. Sin embargo, debes cumplir una serie de requisitos que te lo detallaremos a continuación:
El sistema previsional en Perú establece que no es el trabajador quien debe gestionar su afiliación, sino el empleador. Este último tiene la obligación de inscribir al empleado en el sistema previsional que este elija, ya sea en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o en la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Esta normativa busca asegurar que los trabajadores tengan acceso a la información necesaria para tomar decisiones adecuadas sobre su futuro financiero. Al iniciar su primer vínculo laboral, el empleador debe entregar un boletín informativo que explique las diferencias entre ambos sistemas. Este documento es fundamental para que el trabajador pueda evaluar las opciones disponibles y elegir la que mejor se adapte a sus necesidades y expectativas.
Existen 4 tipos de fondos de AFP. Foto: difusión
Sin embargo, en el caso de la ONP, si realizas actividad económica de forma independiente, o cesas de prestar servicios, habiendo sido asegurado obligatorio, y deseas recibir algún beneficio del Sistema Nacional de Pensiones (SNP), administrado por la ONP, puedes incorporarte como asegurada facultativa o asegurado facultativo.
Por otra parte, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones tienen la opción de elegir entre cuatro Administradoras de Fondos de Pensiones: AFP Integra, AFP Habitat, Prima AFP y Profuturo. Estas entidades se encargan de invertir los fondos de sus afiliados con el objetivo de generar rentabilidad a largo plazo. La elección de una AFP es crucial, ya que influye directamente en el monto que recibirás al momento de tu jubilación.
Si decides incorporarte al sistema, serás asignado a la AFP que resulte ganadora en el proceso de licitación, la cual ofrece la menor comisión por la administración de los fondos. Es importante tener en cuenta que deberás permanecer en esta AFP durante un periodo de 24 meses. Una vez cumplido este tiempo, podrás solicitar un traspaso a otra administradora, siempre que la rentabilidad de la nueva opción sea superior a la de la AFP actual.