En julio de 2024, la gratificación es uno de los beneficios sociales más esperados por los trabajadores que operan bajo el régimen laboral general, ya sea con contratos indefinidos, a plazo fijo o a tiempo parcial. Este monto adicional, establecido por la Ley 27735, es otorgado en dos momentos clave del año: julio y diciembre.
Con la llegada del sétimo mes del año, los trabajadores aguardan por la entrega de este beneficio que complementará su salario habitual, ofreciendo un alivio financiero y la oportunidad de planificar gastos adicionales. Es crucial conocer los detalles sobre la fecha exacta de desembolso, así como los montos correspondientes, para maximizar los beneficios de esta importante prestación.
En 2024, el pago de la primera gratificación por Fiestas Patrias se realizará sin falta durante el mes de julio, cumpliendo estrictamente con lo establecido en la normativa vigente. Según lo dictado en el artículo 5 de la Ley 27735: “la gratificación será abonada en la primera quincena del mes de julio”, por ende, existe un plazo límite para efectuar este depósito, lo cual garantiza que los trabajadores reciban esta bonificación en el tiempo oportuno. Este beneficio no solo es una forma de reconocer el esfuerzo y la dedicación de los empleados, sino que también se convierte en un apoyo económico crucial que permite enfrentar los gastos adicionales que suelen surgir durante estas celebraciones nacionales.
Para calcular la gratificación es fundamental cumplir con ciertos requisitos. Según la Ley 27735, el trabajador debe haber prestado servicios durante al menos un mes completo antes del mes en que se efectúa el pago de la gratificación. Además, es imprescindible que el empleado se encuentre laborando durante la primera quincena de julio.
En esta línea, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) establece que, para que la gratificación sea equivalente a una remuneración mensual íntegra, el trabajador debe haber laborado el semestre completo, desde el 1 de enero hasta el 30 de junio. En caso contrario, el monto a recibir será proporcional, calculado como 1/6 de la remuneración mensual por cada mes laborado dentro del semestre, sumado a bono extraordinario de salud (EsSalud 9%, EPS 6,75%) y también asignación familiar.
Asimismo, puedes ingresar a la calculadora de La República a través de este link y completar la información solicitada para dar con un monto aproximado de lo que podrías recibir si te encuentras trabajando en planilla.
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Tanto la gratificación como el aguinaldo representan beneficios económicos destinados a los trabajadores, pero cada uno se aplica en contextos diferentes. La gratificación es exclusiva para los empleados del sector privado que figuran en planilla durante los meses de julio y diciembre, asegurándoles un ingreso adicional significativo en estos períodos.
En contraste, el aguinaldo se otorga a los trabajadores del sector público y a los pensionistas de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), quienes reciben un monto extra de S/300.
Estos beneficios no solo recompensan el esfuerzo laboral, sino que también ofrecen un alivio financiero adicional en momentos clave del año, ayudando a enfrentar los gastos asociados a las festividades y otras necesidades personales.
Al concluir una relación laboral, cualquier trabajador que haya completado al menos un mes de servicio tiene derecho a recibir la gratificación trunca. Este beneficio se calcula de manera proporcional a los meses calendario trabajados desde enero de 2023 hasta la fecha de cese, y su propósito es asegurar que el empleado reciba una compensación justa por el período trabajado.
La remuneración utilizada como base para este cálculo es la correspondiente al mes anterior al cese laboral. La gratificación trunca, junto con otros beneficios sociales, debe ser entregada al trabajador en un plazo máximo de 48 horas tras la finalización de su empleo, garantizando una transición económica más estable y justa.