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Economía

¿Es legal que las operadoras telefónicas suban sus tarifas sin consentimiento del usuario?

Conoce los derechos que tienes y cómo actuar en caso de que no estés de acuerdo con el incremento de la tarifa en los servicios de las operadoras.

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Operadoras pueden incrementar la tarifa del servicio pero con previa comunicación a usuarios. Foto: composición LR/capturas de Claro/Movistar/Entel/Bitel

En el Perú, cada cierto tiempo se ha vuelto frecuente que distintos usuarios reporten, a través de las redes sociales, su malestar e inconformidad contra las operadoras telefónicas debido a los incrementos en las tarifas de sus servicios —pese a que el contrato inicial estipulaba un determinado precio acorde a la necesidad del usuario—. ¿Es legal que estas empresas de telecomunicaciones suban sus tarifas sin consentimiento y qué derechos tengo?

Según informa la página oficial del Osiptel, las operadoras telefónicas sí pueden incrementar la tarifa del servicio pero deben hacerlo con previa comunicación a los usuarios. El organismo enfatiza que lo que no puede hacer la empresa es brindar un servicio con menores prestaciones a las ya establecidas en el contrato, como disminuir la cantidad de minutos, datos, servicios adicionales, entre otros.

¿Osiptel puede impedir que las empresas incrementen sus tarifas?

Osiptel asegura, en el apartado Dudas Frecuentes de su portal web, que no puede impedir los incrementos tarifarios realizados por las empresas operadoras, ya que, en el mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones, las empresas operadoras se rigen por las condiciones del libre mercado; es decir, tienen libertad para establecer sus tarifas, a excepción del servicio de telefonía fija de Telefónica.

"Las empresas operadoras no requieren de aprobación del Osiptel para modificar sus tarifas de los servicios públicos de telecomunicaciones, solo están obligadas a informar, previamente, a sus usuarios sobre esta modificación", sostiene el organismo.

Usuarios pueden elegir el servicio que más le convenga a una tarifa acorde a sus posibilidades. Foto: captura de SMS Movistar

En el caso de Telefónica: ¿qué reglas debe seguir ante un incremento de sus tarifas?

Según el organismo, en caso de que el incremento tarifario corresponda al servicio de acceso a internet fijo prestado, de manera individual o en paquete, Telefónica debe cumplir las siguientes reglas:

  • Registrar las tarifas en el Sistema de Información y Registro de Tarifas (SIRT) del Osiptel con 30 días calendario de anticipación y no solo 15, como en el resto de los mercados y empresas.
  • Comunicar a los usuarios del aumento en su tarifa, además de darle opciones de planes a los que puede migrar y más información pertinente.
  • Al usuario debe recordarle 10 días antes, por si no vio la primera comunicación.
  • Tener un aplicativo web y uno móvil que provea información personalizada y que permita atender solicitudes de migración, suspensión temporal y baja, que deberán ejecutarse en plazos breves fijados por Osiptel.

¿Qué información debe contener el comunicado de incremento tarifario?

  • El concepto tarifario sujeto al incremento.
  • El valor nominal de la nueva y antigua tarifa, incluido el IGV y su periodicidad.
  • La fecha de entrada en vigencia de la nueva tarifa.
  • El derecho de migrar a otro plan tarifario.
  • El derecho del usuario de terminar el contrato.
  • El listado de las tres tarifas establecidas de planes comercializados con rentas mensuales inmediatamente menores a la renta del plan con el incremento, conjuntamente con la descripción de sus características o atributos más relevantes.

¿Qué hacer ante el incremento de una tarifa?

Osiptel recuerda que, si recibiste una comunicación de tu empresa operadora en la que te informa que incrementará tu tarifa y no estás de acuerdo con ello, tienes el poder de elegir el servicio que más te convenga a una tarifa acorde a tus posibilidades, sea con tu actual operador o con otro. En tu derecho como usuario puedes:

  • Solicitar la migración a un plan de renta menor.
  • Solicitar la baja del servicio.
  • Solicitar la suspensión temporal del servicio (entre 15 a 60 días calendario al año).
  • Contratar un nuevo servicio con otra empresa operadora.
  • Cambiar de empresa operadora, a través de la portabilidad numérica.

Al respecto, Jaime Delgado, experto en defensa del consumidor, recomendó a los usuarios migrar a otra empresa en caso de que no estés de acuerdo al nuevo importe en la tarifa. “Las empresas suben las tarifas cuando les da la gana y nos lo comunican como si fuera una oferta. ‘Hemos mejorado tu plan y tienes que pagar unos soles de más’, dicen. ¿Qué pasa si uno no está de acuerdo? Pues se tiene que ir, porque se supone que una persona contrató un plan tarifario en función de sus posibilidades”, señaló.

“Menos mal que existe el derecho a la portabilidad numérica, que significa que puedes cambiarte a otra compañía sin necesidad de perder tu número telefónico. Si no está de acuerdo con ello, busque otro operador”, subrayó.

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