A través de la circular N.º S-673-2023, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la actualización de la central de información del seguro de vida ley. Esto, con el fin de promover una mejor conducta de mercado y la transparencia de la información en el sistema de seguros.
Como se recuerda, todos los empleadores deben brindar este seguro a sus trabajadores para la cobertura en caso de fallecimiento natural, fallecimiento accidental e invalidez total o permanente por accidente, según la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales.
Con esta reciente modificación, las compañías de seguros deberán reportar periódicamente a la central de información del seguro de vida ley información para el desarrollo de la base de datos de pólizas y certificados. Asimismo, la circular es aplicable a las empresas de seguros señaladas en el literal D del artículo 16° de la Ley General e incluye los anexos de reporte de datos sobre los contratantes (empleadores), asegurados (trabajadores y extrabajadores), así como sobre los siniestros y reservas técnicas de este tipo de seguro.
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De esta forma, se seguirá con el proceso de implementación de las centrales de información del sector seguros, que permitirán contar con datos útiles y oportunos para la supervisión de las aseguradoras. También, se promoverá una mejor conducta de mercado y la transparencia de la información, en beneficio del asegurado y público en general.





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