El Ministerio de Desarrollo en Inclusión Social (Midis) publicó este jueves 8 de septiembre el reglamento para la entrega del bono alimentario de S/270, subsidio que está dirigido a cerca de 6,5 millones de personas más vulnerables, a fin de mitigar el impacto en su economía ante el incremento de precios de los productos alimenticios.
Así, mediante el Decreto Supremo 003-2022-Midis publicado en edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, se precisan los criterios de elegibilidad de los potenciales beneficiarios del bono alimentario.
A detalle, podrán acceder al apoyo monetario aquellas personas mayores de edad que se encuentren en el Registro Nacional para medidas COVID-19, en el marco de la emergencia sanitaria, que sean considerados como pobres o pobres extremos, según el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) del Midis, así como las personas miembros de los hogares de los programas Juntos, Contigo y Pensión 65 que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria que se pagó en agosto.
Serán beneficiarios también los hogares cuyos integrantes no se encuentren registrados en planilla pública y privada, exceptuándose a los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa. Asimismo, el ingreso mensual de dichos hogares no debe superar los S/ 1.025.
Quedan excluidos aquellos ciudadanos que forman parte de hogares con algún integrante en la base de datos de las declaraciones juradas de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos administrada por la Contraloría General de la República; o algún integrante con cargo de congresista, alcalde o alcaldesa de una municipalidad distrital o provincial, regidores municipales, gobernadores regionales, consejeros regionales, vicegobernadores regionales, prefectos/as, subprefectos o tenientes gobernadores.
En los próximos días, el Midis publicará la lista de personas que recibirán el subsidio. Foto: Andina
En los próximos días, a través del link oficial del Midis, se estará informando quiénes serán los beneficiarios de este nuevo bono, así como las modalidades de pago. Además, para aquellos casos en los que el beneficiario no pueda realizar el cobro del subsidio, el programa Pensión 65 implementará el proceso de autorización de cobro por tercero autorizado.
Por su parte, aquellos integrantes de los programas sociales del Estado vienen recibiendo este saldo adicional según la modalidad habitual de pago a través del Banco de la Nación o carritos pagadores.