
La Comisión de Protección al Consumidor Nº 3 (CC3) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó con S/ 7.040, en conjunto, al Banco Falabella S.A. (S/ 4.400) y Scotiabank Perú S.A.A. (S/ 2.640 )por emplear métodos abusivos de cobranza.
Estos bancos realizaron llamadas de cobro a sus usuarios en días y horas no permitidas por el Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual prohíbe a las entidades financieras realizar visitas o comunicarse por teléfono para estos fines entre las 8.00 p.m. y 7.00 a.m., además de los sábados, domingos y feriados.
El Indecopi también reveló que por la misma infracción también fueron amonestados, pero no multados, el Banco de la Nación y Banco GNB Perú S.A. Respecto al Banco Falabella, el Indecopi señaló que aún se encuentra en el plazo de apelación ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor.
Asimismo, en sus diferentes resoluciones, la autoridad de competencia exigió a las cuatro entidades bancarias que soliciten, de manera expresa, a las empresas a las que han encargado la tercerización del envío de comunicaciones a sus deudores el respeto al protocolo de contacto con fines de cobranza, a fin de que se cumpla con la normativa.
Es importante precisar que, en los casos de Scotiabank Perú S.A.A., el Banco de la Nación y Banco GNB Perú S.A.A., estas entidades reconocieron la infracción cometida, por lo cual se aplicó un atenuante al momento de graduar la sanción.
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