
La Comisión de Protección al Consumidor N°2 del Indecopi multó a Laive y Braedt con 5,21 UIT (22.403 soles) y 45,51 UIT (195.693 soles) respectivamente, por etiquetar sus productos con una denominación que no refleja su verdadera naturaleza, lo cual genera confusión o engaño a los consumidores.
Cabe precisar que estas acciones se emprendieron tras una denuncia de la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash (Acurea).
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En el caso de Laive, esta decisión fue adoptada debido a que en la cara principal de los empaques de su ‘Hot Dog de Pollo’ de 200 gr y ‘Jamonada de Pollo’ de 200 gr, no se refleja de manera completa su naturaleza ya que están elaborados también con carne de cerdo sin que este ingrediente haya sido consignado en su denominación.
Así, Indecopi precisó que Laive infringió el artículo 32 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, y como medida correctiva, se le ordenó incluir en la etiqueta del producto ‘Hot Dog de Pollo’ la denominación ‘Hot Dog a base de carne de pollo y cerdo’ y en la etiqueta del producto ‘Jamonada de Pollo’ la denominación ‘Jamonada a base de carne de pollo y cerdo’.
La Comisión determinó que la naturaleza del producto ‘Jamón y queso: Jamón Pizzero + Queso Edam – Pack’ de Braedt no reflejaba la información de manera completa en la cara principal de su empaque, ya que este producto está elaborado con carne de cerdo y pavo, lo que no fue incluida en su denominación
Asimismo, en los productos ‘Hot Dog de Pollo’ y ‘Jamonada de Pollo y Queso – Pack’, tampoco se detallaba que contenían carne de cerdo.
Braedt infringió el artículo 32 del Código que establece el deber de los proveedores a cumplir con las normas de etiquetado, y tras ser notificada, modificó la denominación y composición de sus productos.
Debido a que la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash (Acurea) denunció ambos casos, la CC2 dispuso otorgarle el 22,50 % de la multa impuesta a cada una de estas empresas, así como el pago de costas y costos. De igual modo ordenó a Laive y Braedt su inscripción en el registro de infracciones.
Cabe precisar que ambas empresas se encuentran dentro del plazo de apelación, de ser así los casos serán vistos por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi (SPC).





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