Sociedad

TC rechaza demanda de López Aliaga contra ATU en medio del conflicto por quién gestiona el transporte en Lima

La Municipalidad de Lima alega que u decreto supremo del MTC afecta su capacidad de planificación y regulación del tránsito vehicular en la ciudad. Acusación desestimada por el Tribunal Constitucional.

Según el TC, la ATU no afecta el trabajo en temas de tránsito de la Municipalidad de Lima. Foto: composición LR/Andina
Según el TC, la ATU no afecta el trabajo en temas de tránsito de la Municipalidad de Lima. Foto: composición LR/Andina

El Tribunal Constitucional (TC) resolvió infundada la demanda de la Municipalidad de Lima contra el Poder Ejecutivo, en la que se cuestionaba las competencias otorgadas a la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU). Esta resolución surgió a raíz de una disputa sobre las atribuciones en la gestión del tránsito de la administración de Rafael López Aliaga.

El municipio limeño alegaba que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) había invadido sus competencias, argumentando que el Decreto Supremo 023-2020-MTC modificaba artículos clave del Reglamento Nacional de Tránsito (RNT), afectando su capacidad de planificación y regulación del tránsito vehicular en la ciudad.

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Sentencia no afecta competencias de la Municipalidad de Lima respecto a la gestión del tránsito

El Tribunal aclaró que el Poder Ejecutivo tiene la facultad de emitir, modificar o eliminar reglamentos, siempre que se respeten las leyes. Además, la Constitución otorga al presidente la capacidad de reglamentar las leyes sin alterarlas, lo que respalda la legalidad de los cambios introducidos en el RNT por parte del Ejecutivo.

El TC también explicó que al modificar el Reglamento Nacional de Tránsito mediante el Decreto Supremo 023-2020-MTC, el Ejecutivo no violó la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre. Estos cambios, además, fueron respaldados por la Ley 30900, lo que legitima la actuación del MTC en este caso.

También se indicó que la inclusión de la ATU como autoridad en temas de tránsito no afecta de manera significativa las atribuciones de la municipalidad, ya que la ATU solo emite opiniones técnicas vinculantes.

Finalmente, la sentencia subraya que esta decisión no anula las competencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima en lo que respecta a la regulación y gestión del tránsito en su jurisdicción, tal como lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades.

¿Qué es la ATU?

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) es una entidad del Gobierno peruano encargada de planificar, regular, gestionar y supervisar el transporte urbano en la capital y el puerto del Callao. Su creación tiene como objetivo mejorar el servicio de transporte público en estas áreas, centralizando las competencias que antes estaban dispersas entre diversas entidades.

Entre sus funciones principales, la ATU se encarga de regular el tránsito vehicular y peatonal, coordinar la construcción y mantenimiento de la infraestructura vial y emitir normativas y opiniones técnicas vinculantes sobre el transporte en Lima y Callao. Además, actúa como un ente coordinador entre el gobierno central y las municipalidades para lograr una mejor integración del transporte urbano.

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