Sociedad

Año Escolar 2023: ¿qué pagos pueden exigir los colegios privados?

Indecopi precisó que la institución educativa no puede exigir cuotas extraordinarias, como bingos o rifas.

La institución educativa debe precisar las condiciones del servicio que brinda. Foto: Andina
GLR

El inicio de marzo significó el fin de las vacaciones escolares para los estudiantes de colegios particulares y conllevó a que muchos padres de familia empiecen a culminar con la compra de útiles, uniformes y demás gastos vinculados a la educación regular. Por ello, en esta nota de La República te detallamos cuáles son los pagos que puede exigir un colegio privado.

¿Qué cobros puede exigir un colegio privado o particular?

De acuerdo con la guía de Indecopi, los colegios privados solo pueden exigir los siguientes cobros.

  • Cuota de ingreso: este pago se realiza una sola vez y corresponde solo a alumnos nuevos.
  • Matrícula: este monto se paga una vez al año y no debe ser mayor a las mensualidades.
  • Pensiones: se pagan una vez al mes y está prohibido exigir pago por adelantado.

Asimismo, precisó que las autoridades de cada institución educativa deben comunicar a los padres por escrito las condiciones del servicio educativo e informar acerca de las normas de convivencia dentro del establecimiento.

¿Qué cobros no pueden exigir los colegios particulares a los padres?

Por otro lado, la entidad reguladora indicó que los colegios particulares o privados no pueden obligar a pagar los siguientes conceptos:

  • No se pueden exigir cuotas extraordinarias, como bingos, rifas, colectas, celebraciones por el aniversario de la institución, Día de la Madre, Día del Padre y similares.
  • Está prohibido pedir el pago de cuotas voluntarias o montos por adaptabilidad o accesibilidad para alumnos con necesidades educativas especiales.
 Está prohibido pedir el pago de cuotas voluntarias por adaptabilidad para alumnos con necesidades educativas especiales. Foto: Minedu

Está prohibido pedir el pago de cuotas voluntarias por adaptabilidad para alumnos con necesidades educativas especiales. Foto: Minedu

¿Qué información referente a pagos debe brindarme el colegio?

  • Monto, número y formas de pago de las pensiones.
  • Posibles aumentos de la pensión, independientemente del tipo de enseñanza Información histórica del monto de las pensiones, la cuota de matrícula y la cuota de ingreso establecidas en los últimos cinco años.
  • Si cobrará un interés moratorio por retraso de las pensiones (no debe sobrepasar el interés legal fijo del Banco Central de Reserva).
  • Si retendrá el certificado de estudios ante la falta de pago de pensiones, entre otros. Forma y procedimiento de devolución de la cuota de ingreso.
  • Que los uniformes, materiales y/o útiles educativos pueden ser adquiridos en cualquier establecimiento, a elección del consumidor, entre otros.