Scooters y monociclos eléctricos no podrán circular en vía o vereda: conoce las multas según MTC
El MTC señaló que está prohibido que vehículos menores de uso personal transiten por estas zonas al ser un peligro. Entérate el costo de la multa.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) anunció que los vehículos personales tales como scooters y monociclos eléctricos están prohibidos de transitar en una vía expresa y/o vereda. Ambos lugares no están permitidos y se considerará como una infracción si esto no es acatado.
Por este motivo, el MTC señaló que la falta ya se encuentra dentro del Reglamento de Circulación para Vehículos de Movilidad Personal. En esta se especifica que se debe seguir las ciclovías dispuestas para la zona. En caso existan obstáculos, los usuarios deberán descender del vehículo e ir a pie llevando su transporte.
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Por otra parte, el desplazamiento con estos vehículos debe realizarse siempre por el lado derecho de la calzada o en lugar cercano a la acera.
¿A cuánto asciende la multa?
En caso incumplas con lo dispuesto en la normativa, el monto de las sanciones son las siguientes:
- Infracción muy grave: 8% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); es decir, un total de 352 soles.
- Infracciones leves: entre 0,5% y 4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), según corresponda.
Conoce aquí más información, según el Decreto Supremo aprobado en el 2021:
¿Qué debe portar un ciclista?
Un ciclista debe portar su indumentaria correctamente tales como casco, rodilleras y todo el equipo para evitar accidentes. Asimismo, el vehículo debe contar con todo lo necesario.
Además, el MTC resaltó que cualquier ciudadano al volante no debe estar con el uso de un dispositivo móvil u objeto portátil.