Sociedad

CIDH condena toque de queda en Lima y Callao decretado por Castillo ante protestas

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos instó al Estado peruano a respetar y garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos que participan de las movilizaciones.

Pronta decisión. Jueces informaron a las partes que resolverán pedido de medidas provisionales sobre la aplicación del fallo del TC en el actual período de sesiones, que culmina el 8 de abril. Foto: CIDH
Pronta decisión. Jueces informaron a las partes que resolverán pedido de medidas provisionales sobre la aplicación del fallo del TC en el actual período de sesiones, que culmina el 8 de abril. Foto: CIDH

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena las restricciones a derechos fundamentales ante el paro de transportistas y los actos de violencia registrados en los días de protesta.

A su vez, la CIDH hizo un llamado al Perú a respetar y garantizar los derechos humanos, tanto de los que participan en las movilizaciones y de quienes no lo hacen. Asimismo, indicó que el Gobierno debe redoblar, con urgencia, los esfuerzos para promover el diálogo con todos los sectores sociales que requieren atención a sus reclamos.

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Este pronunciamiento se dio como respuesta al decreto supremo dado por el Ejecutivo la noche del último lunes 4 de abril, en el que instauró el estado de emergencia en las ciudades de Lima y El Callao, y declaró inamovilidad social obligatoria desde las 2.00 a. m. hasta las 11.59 p. m.

En su informe “Protesta y Derechos Humanos”, la CIDH expuso lo inadecuado y peligroso que puede resultar decretar estados de excepción, como medida frente a acontecimientos de alto conflicto social. A su vez, advirtió sobre los riesgos de violaciones a los derechos humanos en estas situaciones. Por ello, la Comisión consideró que dichas medidas no son soluciones eficaces para enfrentar y resolver desafíos democráticos.

Sobre las protestas sociales

La Comisión Interamericana ratificó que las protestas sociales son un derecho dentro de las sociedades democráticas. “Es preciso tolerar que las manifestaciones generen cierto nivel de perturbación de la vida cotidiana”, apuntó el artículo de la CIDH.

En esa línea, precisó que los países deben “respetar, proteger, facilitar y garantizar la protesta social, tomando en consideración que el hecho de que algunas personas participen en actos de violencia, per se, no hace ilegítima toda la protesta”.

No obstante, la CIDH reconoció que los actos de violencia también pueden escalar al punto de poner en peligro la vida y salud de las personas. En ese sentido, recordó que es deber del Estado facilitar los mecanismos de diálogo y la coexistencia de todos los derechos en tensión. El uso de la fuerza debe ser utilizado como último recurso.

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