Sociedad

Desde hoy el toque de queda se suspende: conoce las nuevas medidas por la COVID-19

Tras la anulación del toque de queda y otras disposiciones, conoce qué medidas tienes que seguir acatando.

Titular del Minsa atribuye el crecimiento de contagios a una mayor movilidad de las personas en mercados y el transporte público. Foto: La República
Titular del Minsa atribuye el crecimiento de contagios a una mayor movilidad de las personas en mercados y el transporte público. Foto: La República

Desde hoy, lunes 31 de enero, queda suspendido el toque de queda o inmovilización social en todo el Perú por la COVID-19; sin embargo, se mantienen las restricciones como los aforos por niveles de alerta según cada provincia y la prohibición de reuniones sociales o concentración de personas.

Conoce aquí toda la información completa del Decreto Supremo que va hasta el 13 de febrero en la siguiente nota de La República.

¿A qué hora es el toque de queda en Lima y otras regiones del Perú?

A partir de hoy, lunes 31 de enero, ninguna región tendrá inmovilización social obligatoria, puesto que la medida se levantó, según las últimas medidas del Ejecutivo.

El Decreto Supremo Nº 010-2022-PCM, publicado en El Peruano y que estará vigente hasta el 13 de febrero, ya no menciona como antes los horarios del toque de queda por provincia debido a que ha sido eliminado.

¿Están permitidas las fiestas o reuniones sociales?

No. Tal como la establece el Decreto Supremo, “se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública”.

Asimismo, las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios, se encuentran prohibidas por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia de la COVID-19.

¿Desde qué edad se pedirá el carnet de vacunación con las tres dosis?

Los mayores de 40 años ya deberán acreditar sus tres dosis para ingresar a los espacios cerrados. Caso contrario, no podrán entrar. Así también, los mayores de 18 años, pero menores de 40, deben tener sus dos dosis.

¿Está permitido el uso de playas?

En el nuevo Decreto Supremo, si bien se menciona que estos espacios serán usados para deportes acuáticos u otros sin contacto, también se estableció que las playas podrán ser usadas por el público general, pero con el distanciamiento y aforo correspondiente.

Esto debe ser fiscalizado por las propias municipalidades, según indicaron fuentes del Ministerio de Salud a este medio de comunicación.

¿Se pedirá carnet de vacunación para uso de playas, ríos, lagunas o piscinas terapéuticas?

Sí, los mayores de 40 años de edad deben acreditar su dosis de refuerzo si es que van usar los espacios para hacer deporte sin contacto. En cambio, los menores del rango de edad tienen que presentar su carnet de vacunación con dos vacunas.

¿A qué espacios cerrados no podrán ingresar los mayores de 40 años si no tienen sus tres dosis?

Aquí te dejamos la lista de los establecimientos que pedirán las tres dosis:

  • Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, restaurantes y afines en zonas internas, casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales, galerías de arte, clubes, locales de asociaciones deportivas, peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna, baños termales, coliseos, gimnasios, notarías, oficinas de atención al usuario, trámite administrativo y mesas de partes de instituciones públicas y privadas, así como colegios profesionales.