Gobierno amplía restricciones sanitarias por la COVID-19 hasta el 5 de setiembre

Toque de queda se mantendrá según niveles de alerta en provincias establecidas en el Decreto Supremo n.º 184-2020-PCM. En diez días, el Minsa presentará las propuestas de las nuevas restricciones.

No bajen la guardia. El relajamiento de las medidas de protección ya está mostrando un aumento de contagios en el país. Foto: Antonio Melgarejo / La República
No bajen la guardia. El relajamiento de las medidas de protección ya está mostrando un aumento de contagios en el país. Foto: Antonio Melgarejo / La República

Mediante el Decreto Supremo n.º 184-2020-PCM, el Gobierno de Pedro Castillo decidió ampliar la fecha de vigencia de las restricciones de la emergencia nacional por un plazo hasta el 5 de setiembre, con el objetivo de salvaguardar a la población contra el nuevo coronavirus.

Hasta la fecha mencionada, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, conforme al siguiente detalle:

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  • Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 0:00 horas hasta las 4:00 horas.
  • Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 0:00 horas hasta las 4:00 horas.
  • Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
  • Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y, los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

En tanto, los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes que ingresen a territorio nacional, únicamente en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deberán contar con una prueba molecular o antígena con resultado negativo, conforme a las disposiciones sanitarias vigentes. Aquellas personas cuyo resultado sea positivo, ingresarán a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.

En 10 días presentarán nuevas restricciones

Finalmente, en el plazo máximo de 10 (diez) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto Supremo, publicado en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Salud presentará a la Presidencia del Consejo de Ministros la propuesta de nuevas medidas que deberá seguir la ciudadanía ante las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19.

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