Sociedad

En audiencias virtuales sentencian a seis padres a pagar pensión de alimentos

Por primera vez se desarrollaron audiencias virtuales en procesos de alimentos para garantizar los intereses de los niños. Las sentencias tuvieron lugar en la ciudad de Juliaca, de la región Puno.

Puno. Juez ordenó que padres de familia paguen pensiones en las primeras audiencias virtuales en procesos de alimentos.
Puno. Juez ordenó que padres de familia paguen pensiones en las primeras audiencias virtuales en procesos de alimentos.

Puno. Debido a la pandemia desatada por el coronavirus, muchos procesos judiciales quedaron pendientes y precisamente en aplicación del “Nuevo Proceso Simplificado y Virtual de Pensión de Alimentos”, un juez de Paz Letrado de la ciudad de Juliaca, sentenció a seis padres de familia -entre ellos una mujer- a cumplir con las pensiones de alimentos a favor de menores.

En estos casos, las audiencias tuvieron prioridad por el interés superior del niño. De ese modo, Miller Castro Lupa, titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de la provincia de San Román, realizó el último jueves las seis primeras audiencias virtuales en procesos de alimentos a través del aplicativo Google Hangouts Meet como parte del trabajo remoto.

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El magistrado Castro Lupa, en el mismo acto de audiencia, emitió las sentencias a favor de los niños y adolescentes involucrados en los procesos. El fallo señala que los demandados deben depositar de manera mensual entre 300 y 350 soles. Dentro de los sentenciados se encuentra también una madre, quien fue demandada por su expareja para que cumpla con su responsabilidad económica.

Hay que tener en cuenta que las audiencias se adelantaron a la programación establecida por el Consejo Ejecutivo Poder Judicial, que las dispuso a partir del 17 de julio próximo; no obstante, era importante impartir justicia a favor de los menores.

La ejecución de estas audiencias, fue autorizada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno mediante Resolución Administrativa N° 00220-2020-P-CSJPU-PJ, en atención al principio del interés superior del niño y el carácter tuitivo que deben tener todos los jueces del país en materia de familia.

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