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Sociedad

MTC anuncia nuevas restricciones en el uso de drones durante cuarentena

La Dirección de Aeronáutica Civil descartó que las nuevas directrices en el vuelo de drones tengan por objetivo ocultar fosas comunes durante epidemia por el coronavirus.

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Como parte de las labores de prevención del Gobierno durante el estado de emergencia por el nuevo coronavirus (COVID-19), la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DGAC) informó que los drones piloteados por usuarios autorizados no podrán superar la altura de 106 metros (350 pies) entre el 29 de abril y el 27 de julio del 2020.

El objetivo del Notam 2138/20 emitido por la DGAC, oficina adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es evitar que el vuelo indiscriminado de estos dispositivos drones represente un obstáculo para los helicópteros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, que por estos días peinan las calles a baja altura. Antes podían elevarse hasta 152 metros (500 pies).

Un Notam es un aviso temporal de la Aviación que por su naturaleza utiliza un código aeronáutico y busca garantizar la seguridad de las operaciones aéreas con el objetivo de prevenir cualquier incidente o accidente aéreo, reforzando el cumplimiento de las leyes y regulaciones aeronáuticas peruanas.

En comunicación con La República, la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil explicó que el periodo programado para la aplicación del reglamento de drones podría acortarse o prolongarse de acuerdo a cómo evolucione el escenario del nuevo coronavirus en nuestro país.

Los medios de comunicación y entidades públicas como ministerios, INDECI, FFAA, PNP, gobiernos regionales, municipalidades, entre otros, quedan exentos de la norma en función al trabajo que realizan a favor de la ciudadanía, pero siempre cumpliendo la normativa previa.

Así, la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DGAC) rechaza las versiones acerca de una supuesta prohibición en el uso de drones para evitar el registro de fosas comunes durante la pandemia del coronavirus (COVID-19).

Además, aclara que esta restricción en la altura máxima de vuelo de los drones no prohíbe a las personas u organizaciones formalizadas ante el MTC el uso de estos sistemas de aeronaves pilotadas a distancia para cualquier actividad civil, pero tampoco los exime del cumplimiento de las normas vigentes como la licencia y el equipo con seguro por daños a terceros.

Puede conocer la nota de prensa emitida por la DGAC en el siguiente enlace https://www.gob.pe/institucion/mtc/noticias/143580-mtc-operaciones-con-drones-deben-cumplir-con-la-normativa-vigente-en-resguardo-de-la-ciudadania

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