Despidos en estado de emergencia
Escriben Ruth E. Mattos G. y Víctor M. Gómez R.
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Prohibir cese de empleos
Ruth E. Mattos G. Sindicato Trabaj. SUNAFIL.
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En la actualidad en este estado de emergencia, una de las figuras más recurrentes que se viene empleando por las empresas hacia sus trabajadores lamentablemente, es el despido. Los encargados de calificar si un despido es arbitrario o no es el Poder Judicial, la inspección de trabajo lo que realiza es solo una verificación de hechos, no pasible de ninguna sanción, lo cual no es un medio necesario para acudir al PJ, en la actualidad los plazos de ambos procedimientos se encuentran suspendidos de acuerdo a lo dispuesto en el DU 029-2020. Como SUIT y SUNAFIL lo que proponemos es una norma como en Italia, España, Grecia y Argentina que prohíba los despidos, sin perjuicio que el gobierno debe otorgar subsidios en favor de las empresas para su apoyo.
Empleo con bioseguridad
Victor M. Gómez R. Sindicato Trabaj. SUNAFIL.
Los inspectores estamos a disposición siempre de tutelar los derechos de los trabajadores, pero en la actualidad nuestro servicio no ha sido definido normativamente como servicio esencial, por lo que debemos acatar la cuarentena obligatoria, los plazos del procedimiento se encuentran suspendidos y no se otorgan los EPPS adecuados. Lo que se necesita es una normativa clara que prohíban los despidos, la suspensión perfecta de labores y se brinden apoyo a las empresas como en otros países. En estos momentos estamos dispuesto a trabajar usando uso de todas las tecnologías de la información respetando el principio de legalidad, preservando el derecho a la seguridad y salud de la población.




















