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Estos son los únicos casos en los que se entrega pase para transitar en estado de emergencia

En caso de ser intervenidos por agentes de la Policía Nacional o el Ejército debe presentarse este salvoconducto que se tramita por Internet.

Pase para transitar en estado de emergencia,
Pase para transitar en estado de emergencia,

Mientras dura el estado de emergencia de 15 días, decretado por el presidente Martín Vizcarra, el tránsito está restringido. Los ciudadanos deben permanecer en casa, a excepción de algunos casos.

El personal de salud, empleados de bancos, personas que trabajen en el rubro alimentos, periodistas y otros pueden transitar solicitando su pase al Ministerio de Defensa. También hay otras excepciones.

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Este salvoconducto, que debe ser presentado en caso la Policía o el Ejército lo solicite, debe ser tramitado a través es esta plataforma virtual: https://www.gob.pe/pasedetransito. Los datos que se consignen deben ser verdaderos, de lo contrario las personas podrían ser denunciadas por un delito, ya que se firma una declaración jurada.

Se pedirán los datos personales de las personas que solicitaran el pase, como su dirección, número de DNI y celular. Las respuestas son obligatorias.

En el caso del pase, para conseguir productos alimenticios, solo se podrá pedirse un salvoconducto para una persona de la familia. Los pases se entregan por unos cuantos días.

Solo se podrá pedir el pase en caso de los siguientes supuestos:

- Trabajar en la cadena de producción y distribución de alimentos.

- Trabajar en la cadena de producción y distribución de medicamentos.

- Trabajar en la cadena que brinda servicios de agua, electricidad, gas, combustible, telecomunicaciones, servicios funerarios y limpieza o recojo de residuos sólidos.

- Trabajar en la cadena de producción y distribución de combustible

- Trabajar en un hotel o alojamiento

- Trabajo en medios de comunicación o call centers

- Trabajo en servicios de vigilancia

- Trabajo en el sector público realizando servicios necesarios para la continuidad de servicios mínimos relacionados con la emergencia

- Adquisición de productos, alimenticios, farmacéuticos o de primera necesidad.

- Asistencia a centros de salud, solo en caso de emergencias y urgencias

- Asistencia a adultos mayores o personas en discapacidad

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