Sociedad

Tía María: Dejan en libertad a dos detenidos acusados de bloquear vías en Arequipa

Juez de Investigación Preparatoria de Arequipa dictó nueves meses de comparecencia restringida. Sospechosos deberán acudir a todas las citaciones del Ministerio Público.

Implicados son acusados de bloquear las vías en el Cono Norte de la ciudad
Implicados son acusados de bloquear las vías en el Cono Norte de la ciudad

El último jueves por la tarde, el magistrado Edy Leva Cascamayta del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del módulo de Justicia de Cerro Colorado, en Arequipa, dictó nueves meses de comparecencia restringida para Richard Alonso Quispe Chara y Piero Francesco Pugsio Tencera.

Ambos fueron detenidos el pasado martes por la noche en el distrito de Yura, acusados de bloquear las pistas durante el segundo día de paro indefinido en rechazo al proyecto minero Tía María.

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El Ministerio Público los investiga por el presunto delito contra la seguridad pública en la modalidad de entorpecimiento al funcionamiento de los Servicios Públicos en agravio del Estado.

La fiscal penal Cristina Hurtado solicitó días antes nueve meses de prisión preventiva por los delitos mencionados.

Durante la sesión, la defensa de los implicados señaló que no tienen ningún tipo de responsabilidad por los bloqueos ocurridos aquel día. Deslindaron todo tipo de vínculo con alguno de los sindicatos que haya participado de las protestas. Señalaron no integrar si quiera el Sindicato de Construcción Civil y que ese día no se encontraban participando de las manifestaciones.

Con esta decisión, los implicados deberán de acudir a todas las citaciones del Ministerio Público y cumplir con algunas medidas de conducta.

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Bloqueo de vías es un delito

Antes del inicio del paro indefinido, el presidente de la Junta de Fiscales de Arequipa, Franklin Tomy López, exhortó a los manifestantes a no bloquear las vías porque estarían infringiendo con el derecho al libre tránsito de las personas.

Recordó que la pena mínima por el delito de obstrucción de los servicios públicos es de cinco años de pena efectiva privativa de la libertad.