Política

Leyes del Congreso ponen a prueba el sistema judicial y fiscal en procesos contra Keiko, Cerrón y Boluarte

Política. Se afectará el desarrollo de los procesos del caso 'Cócteles', 'Los Waykis en la Sombra', 'Los Dinámicos del Centro', 'Cuellos Blancos del Puerto' y 'La fiscal y su cúpula de poder' que involucran a Keiko Fujimori, Vladimir Cerrón y otros líderes y partidos políticos

El sistema de justicia está bajo ataque y terminará por afectar los procesos emblemáticos, incrementando la inseguridad ciudadana, la injusticia y la desconfianza en las instituciones involucradas en la lucha contra la corrupción y la delincuencia.

La llamada Ley Soto N° 31751  y la Ley 32108 que redefine el concepto de crimen organizado afectará los casos emblemáticos, en medio de una creciente presión del Congreso, controlado por las fuerzas políticas involucradas en procesos judiciales.

Faltan sentencias por corrupción política y crimen organizado

Es necesario la creación de jurisprudencia en la investigación de crimen organizado y corrupción política

Es necesario la creación de jurisprudencia en la investigación de crimen organizado y corrupción política

Los procesos a Keiko Fujimori en caso Cócteles, Waldemar y Vladimir Cerrón en “Los Dinámicos del Centro”, Nicanor Boluarte en “Los Waykis de la Sombra”, José Luna en “Los Gángsters de la política” y Patricia Benavides en “La fiscal y su cúpula” se verán afectados.

Los juicios por violaciones de derechos humanos en la guerra fratricida contra Sendero Luminoso y el MRTA está resistiendo este ataque porque tienen una ventaja: una serie de sentencias que han establecido jurisprudencia en su juzgamiento y la imprescriptibilidad en este tipo de delitos.

Sentencias que faltan en los procesos por corrupción política y crimen organizado. Desde hace unos 10 años tenemos inicios de investigación, prisiones preventivas, embargos cautelares, pero ningún veredicto que sirva de ancla jurídica.

En el caso Fujimori, las jueces Juana Caballero y Nayko Coronado se apartaron de la Ley Soto sobre el delito de falsa declaración con falsedad genérica al amparo de un acuerdo plenario de la Corte Suprema.

Pero, ese acuerdo plenario tiene muchos detractores. De los 17 jueces supremos que tomaron el acuerdo, 14 ya habían aplicado la ley Soto. Es decir, dijeron sí en casos específicos, pero firmaron no para el problema general.

Prevaricato o control político

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El juez supremo César San Martín, uno de los que promovió el acuerdo plenario, enfrenta una denuncia por presunto prevaricato por esa duplicidad de opiniones.

Jueces de los distritos judiciales de Cusco y La Libertad se han apartado del acuerdo plenario, al considerar que ese no es el camino para inaplicar una ley. La única vía, dicen, es el control difuso al caso específico, que debe ser confirmado por la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema.

Otros jueces podrían enfrentar denuncias por prevaricato por inaplicar la ley Soto, dice el abogado Víctor de la Cruz Gamarra.  Es más, añade, luego que el Congreso aprobó la norma que obliga a los jueces a aplicar la Ley 31751, la Corte Suprema ha guardado silencio.

Este asunto demuestra, además, la existencia de un control formal y legal de las decisiones judiciales y no como plantean los congresistas que proponen crear una comisión especial política. Un proyecto legal inoportuno e inconstitucional que solo generará caos y afectará la independencia judicial, señala el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela.

Pero, más allá de todo este debate, es posible que la falsa declaración con falsedad genérica en el caso Cócteles haya prescrito -aun sin la ley Soto- para cuando termine el juicio público, que comenzó el uno de julio de 2024, y los jueces deban dictar sentencia.

Crimen desorganizado

Hoy, todos los casos emblemáticos se enfrentan a la aplicación de la nueva norma sobre crimen organizado. El Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción (Eficcop) le ha pedido al juez Nacional Richard Concepción Carhuancho que realice control difuso e inaplique la Ley 32108 al caso “Los Waykis en la Sombra”.

Para el Eficcop esta ley colisiona con los principios constitucionales de combatir el crimen. Sin embargo, en el caso de Patricia Benavides, la fiscal suprema Delia Espinoza ya aplicó la mencionada ley.

Es decir habría casos emblemáticos donde la ley 32108 no impide investigar y otros en lo que sí es un obstáculo para que los fiscales desarrollen sus funciones de investigar el delito.

La fiscalía aplicó la Ley 32108 al caso Patricia Benavides

La fiscalía aplicó la Ley 32108 al caso Patricia Benavides

En tanto, la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacionales ya aplicó la nueva norma en un caso de tráfico ilegal de migrantes. Es la primera resolución judicial que ha trascendido a la prensa. Es indudable que habrá otras, en el mismo sentido.

Si el juez Concepción Carhuancho acoge el pedido del Eficcop, su decisión será cuestionada ante una Sala de Apelaciones Nacional y probablemente ante hasta la Corte Suprema de Justicia y, luego con un hábeas corpus, llegue hasta el Tribunal Constitucional.

“Los Waykis en la Sombra” es un caso que recién comienza. El control difuso tendrían que aplicarlo sucesivamente todos los jueces que ven este caso y los incidentes que se generen hasta la sentencia final y la ejecución de la misma, dentro de varios años.

Control difuso, arbitrariedad judicial y el TC

El Tribunal Constitucional ejercer el control de las decisiones judiciales

El Tribunal Constitucional ejercer el control de las decisiones judiciales

El Control difuso, de acuerdo con la jurisprudencia, debería aplicarse evaluando cada caso en particular, con un debido argumento jurídico de los motivos por los que un juez deja de cumplir una ley determinada. Una decisión que debe ser revisada y ratificado por la Sala Constitucional y Social.

Sin la debida argumentación jurídica, el control difuso podría amparar la arbitrariedad judicial, donde en unos casos se cumple una ley y en otros no. La historia demuestra que esto tampoco es la solución frente a la arbitrariedad del poder político.

En el caso Fujimori ya quedó en evidencia que un caso puede avanzar, pero sin el debido control y sin un adecuado sustento, al final puede intervenir el Tribunal Constitucional y todo vuelve al comienzo. En ambos casos la sociedad pierde.