Política

Sala de Apelaciones revoca orden de incautación y desposesión de dos casas del ex presidente Pedro Pablo Kuczynski

Aun si PPK pudiera vivir hasta los 105 años, como postula la fiscalía, no es posible incautar su pensión solo en base a supuestos, dicen los jueces. Advierten que los bienes de Kuczynski y Dorado Asset Management ya tienen embargos preventivos.

Pedro Pablo Kuczynski podría vivir hasta los 105 años, según la fiscalía
Pedro Pablo Kuczynski podría vivir hasta los 105 años, según la fiscalía

Una larga vida. La Sala de Apelaciones especializada en extinción de dominio revocó la orden de incautación y desposesión de dos inmuebles del expresidente Pedro Pablo Kuczynski Godard y la empresa Dorado Asset Management por falta de motivación de la decisión judicial de diciembre de 2023.

En tanto, confirmó la resolución que rechazó el embargo en forma de retención hasta por 120,145.40 dólares de la pensión que recibe Kuczynski Godard como ex presidente de la República, pues, dicen los jueces superiores, hasta ahora no existe certeza de que se habrían cometido los delitos que se le atribuyen.

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Los inmuebles que la fiscalía quería incautar son los de la Calle Choquehuanca 967 en San Isidro, y el lote 2-B de Cieneguilla, que tiene como titular a Dorado Asset Management.

Motivo y necesidad real

La incautación y desposesión de los inmuebles que anunció la fiscalía, fue dejada sin efecto por la Sala Superior de Apelaciones

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Los jueces María Luz Vásquez Vargas, Víctor Jimmy Arbulú Martínez y Eduardo Diego Torres Vera indicaron que en la resolución del juzgado de extinción de dominio no se indica la necesidad y los motivos por los cuales se incautan dos inmuebles y se dispone la orden de inhibición de otra propiedad: Calle Choquehuanca 985.

La fiscalía solicitó la incautación de dos inmuebles y la inhibición del tercero al considerar que el proceso de perdida de dominio se puede demorar varios años y existe el supuesto riesgo de que los tres bienes se pierdan, deterioren, puedan ser transferidos a terceros y que ya tienen medidas de embargo.

Sin embargo, la sala de apelación advierte que los embargos y medidas que pesan sobre ambos inmuebles han sido dictados también a favor del Estado, en los otros procesos penales que afronta Kuczynski.

Agrega que lo que correspondía es que el juzgado razone y explique la necesidad y los motivos específicos y reales por el que se debe incautar y desposeer los inmuebles de Calle Choquehuanca 967 en San Isidro, y el lote 2-B de Cieneguilla y solo dictar una inhibición del tercer inmueble, tratándose de un mismo caso.

Fiscalía: PPK podría vivir hasta los 105 años

La fiscalía proyecta una larga vida al expresidente Pedro Pablo Kuczynski

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La fiscalía pretendía incautar la pensión de Pedro Pablo Kuczynski como medio equivalente para recuperar las posibles ganancias ilícitas que habría obtenido al alquilar la casa de Choquehuanca 985 hasta por 120,145.40 dólares.

Pero, la fiscalía no sustentó cuál es el monto o porcentaje del sueldo del expresidente que se debía embargar y por cuanto tiempo para recuperar dicha suma. Teniendo en cuenta que solo es posible embargar un tercio de la pensión, esto supondría un monto mensual de 4 341 soles.

El señor Kuczynski tiene 85 años, ¿ustedes tienen una pretensión que el señor Kuzcynski cumpla 100 años o 105 años para recuperar este monto de 120,145.40? fue una pregunta que los jueces le plantearon a la fiscalía.

La respuesta de la fiscalía fue que actualmente los años de vida se han elevado para las personas, por lo que es válido que el Ministerio Público pretenda cautelar un dinero supuestamente ilícito que se utilizó en su momento.

La sociedad conyugal

La fiscalía tampoco supo explicar por qué solo requerían incautar la pensión de Kuczynski, sobre las ganancias aparentemente ilícitas de un bien de la sociedad conyugal. Además, la pensión es el único ingreso económico actual del expresidente que le sirve para su manutención y la de su esposa.

Claro, que para vivir muchos años deberá tener buenos recursos económicos, que son los que la fiscalía le quiere restringir. "Para afectar un derecho fundamental es necesario contar con un peligro inminente, cierto y real, más no basándose en supuestos, aunado al hecho de que la pensión le es otorgada de manera mensual, por lo que resultaría imposible su ocultamiento", concluyeron los jueces.

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