Política

Pedro Castillo: programan para este martes 13 audiencia de apelación a detención preliminar

Sala Penal Permanente evaluará recurso del expresidente Pedro Castillo para anular la orden de detención preliminar por 7 días en su contra.

El expresidente Pedro Castillo afronta las acusaciones por el delito de rebelión y conspiración. Foto: captura Justicia TV
El expresidente Pedro Castillo afronta las acusaciones por el delito de rebelión y conspiración. Foto: captura Justicia TV

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema programó para este martes 13 de diciembre la audiencia de apelación a la detención preliminar por siete días que dictó el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria contra el expresidente Pedro Castillo por los presuntos delitos de rebelión y conspiración.

La sala que preside el juez supremo César San Martín evaluará los argumentos del exmandatario Castillo, así como los del Equipo Especial de la Fiscalía, a partir de las 9.00 a. m.

Según pudo conocer La República, el vacado exjefe de Estado acreditó al abogado Guillermo Olivera Díaz como su defensa legal en el presente caso.

Olivera Díaz busca que se anule la resolución del juez supremo Juan Checkley Soria, titular del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, que declaró legal la detención de Pedro Castillo producida el miércoles 7 de diciembre tras el mensaje a la nación en el que dispuso sin éxito el cierre del Congreso y la intervención del sistema de justicia; y que se ordene la inmediata libertad del exmandatario.

Congreso levantó el fuero de Pedro Castillo

Sin respetar el proceso establecido en el artículo 89 del Reglamento del Congreso, el Pleno acordó levantar la prerrogativa de antejuicio político del expresidente Pedro Castillo y declara haber lugar (sic) a la formación de causa penal por los presuntos delitos de rebelión, conspiración, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública.

De acuerdo con la resolución legislativa expedida, se desconoce el debido proceso en el presente caso “dada la flagrancia en la comisión de las conductas antes descritas” y, debido a que “resulta urgente e imperativo que el Pleno del Congreso adopte un acuerdo que permita la correcta administración de justicia”.