Objeción. Como ambas figuras tienen penas distintas, el juez aplicará entonces la que le convenga más al reo., El decreto legislativo 1181, que incorpora el delito de sicariato en el Código Penal, ha sido cuestionado por especialistas al considerar que contiene contradicciones técnicas. La principal objeción consiste en la permanencia del delito de homicidio por lucro en el sistema de normas punitivas del Estado. Este hecho, señalaron los expertos, generará confusión entre los jueces al momento de emitir sus sentencias. Los abogados penalistas Carlos Caro Coria y Juan José Quispe coincidieron en manifestar que la ley que castiga el sicariato debió, antes, anular el delito de homicidio por lucro, que tiene una pena de 15 años. La nueva norma, en tanto, penaliza el sicariato con penas de entre 25 y 35 años, y con cadena perpetua si este delito se ejecuta con la utilización de un menor de edad. “Se han olvidado de borrar la ley de homicidio por lucro del Código Penal”, dijo Caro. Explicó que los jueces se van a encontrar con dos leyes que sancionan un mismo hecho, una con una pena menor y otra con una pena elevada. “Esto, en la práctica, significa que van a tener que aplicar la pena más leve a los presos. Los hechos agravantes de la nueva ley se van a perder, porque en materia penal se aplica la norma más favorable al reo”, explicó Caro, quien es doctor en Derecho Penal. Por su parte, Quispe, quien es el coordinador del área legal del Instituto de Defensa Legal (IDL), hizo notar que solo podrá ser condenado a cadena perpetua quien utilice a un menor de edad. En cualquier otro caso, las penas oscilarán entre 25 y 35 años, ya sea que se trate de un autor mediato o del propio sicario. “Otro tema que nos parece grave es que se haya señalado que no van a tener beneficios penitenciarios. Esto es falso porque la segunda disposición complementaria final establece que existen beneficios penitenciarios del siete por uno, es decir, por siete días de trabajo o educación se les reduce la pena efectiva un día”, aclaró. El abogado del IDL anotó que tampoco se ha derogado la parte del Código Procesal Penal que establece el beneficio del término anticipado del juicio por confesión sincera. “El sicario no solo tendrá el beneficio del siete por uno, sino que, por haber reconocido su delito y pedir perdón, puede recibir menos de 25 años. Y es que esta norma está vigente para los autores mediatos e inmediatos del delito de sicariato no agravado”, señaló Quispe. La nueva ley del sicariato se publicó el lunes 27. Ajuste de cuenta será un agravante Respecto a las críticas al DL 1181, el ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, manifestó que se trata de “puntos de vista”. El del gobierno, dijo, es darle relevancia a un tipo penal que está afectando la tranquilidad de la población. Subrayó que el homicidio por ajuste de cuentas no es sicariato porque no es homicidio por lucro. Pero, en adelante, será un agravante y puede castigarse hasta con cadena perpetua. “(La del sicariato) se trata de una tipificación a la que se le quiere dar realce dentro de una política que tiene que atacar los crímenes más urgentes que afectan a la sociedad”, acotó el ministro.